QUERELLA A OFIGEVI GESPOZUELO, OS COPIO LO QUE HEMOS RECIBIDO.
¿Qué querellas se van a interponer contra los Administradores de Gespozuelo y Ofigevi?
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QUERELLA A OFIGEVI GESPOZUELO, OS COPIO LO QUE HEMOS RECIBIDO.
Información sobre las querellas que se van a interponer
contra los Administradores de Gespozuelo y Ofigevi
En los próximos días, se van a interponer una serie de querellas contra los Administradores de Gespozuelo y Ofigevi por delitos de disposición fraudulenta de bienes de diversas cooperativas que han gestionado (artículo 295 y concordantes del Código Penal), estafa (artículo 248, 250.1.1º, 6º y 7º y concordantes del Código Penal) y apropiación indebida (artículo 252 y concordantes del Código Penal). Estas querellas tendrán como base principal la existencia de pagos de honorarios multimillonarios a estas empresas por no hacer prácticamente nada más que arruinar a las cooperativas que han gestionado, todo ello, al amparo de contratos de gestión suscritos con los primeros consejos rectores de las cooperativas que, o bien estaban formados por personas relacionadas con Gespozuelo y Ofigevi, o bien actuaban engañados por estas empresas.
Estas querellas se extenderán también contra las personas que han colaborado en la autoría de dichos delitos como: a) aquellas personas que han cobrado comisiones excesivas por la compra de terrenos por parte de la cooperativas, b) aquellas personas que han cobrado honorarios excesivos por la prestación de otros servicios y c) aquellos miembros de los consejos rectores de las cooperativas que estando relacionados con Gespozuelo u Ofigevi han autorizado tales pagos.
En el marco de los procesos penales que se instruyan a raíz de dichas querellas se analizará también la posible responsabilidad penal de los Administradores de HCC Europe, en caso de que se acredite que dicha compañía de seguros ha cobrado millones de euros a las cooperativas gestionadas por Gespozuelo y Ofigevi, engañado –supuestamente- a miles de cooperativistas haciéndoles creer que su póliza garantizaba la devolución de sus aportaciones en caso de que no obtuviesen sus viviendas, como establece la Ley 57/1968, y entregándoles certificados individuales en los que no se hacía referencia a la exclusión de tal cobertura, tal y como sí consta en las condiciones generales de sus pólizas, que han sido ocultadas durante todos estos años a todos los cooperativistas.
Las querellas se interpondrán por varias cooperativas que cuentan con consejos rectores no controlados por Gespozuelo y Ofigevi. No obstante, cualquier cooperativista de cualquier cooperativa gestionada por Gespozuelo y Ofigevi (especialmente los socios de aquellas cooperativas que a día de hoy sus consejos rectores han decidido no ejercitar este tipo de acción contra las citadas gestoras) puede adherirse a tales querellas a título individual, lo cual puede dar a estas querellas mayor peso. Para ello, hemos preparado en la Notaría de D. Antonio de la Esperanza Rodríguez en la calle Diego de León nº 45, planta primera una serie de poderes con facultades lo suficientemente amplias para que podamos ejercitar todo tipo de acciones penales contra dichas personas. Las personas que estén interesadas en adherirse a estos procesos penales pueden acudir a tal Notaría el día 29 de octubre, desde las 10:00 – 14:00 horas y de 17:00 a 19:00 horas.
Los procesos penales se presentarán bajo la Dirección Letrada de un equipo de Abogados compuesto por xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx; que en estos meses han analizado con detalle la situación de las distintas cooperativas que formarán el grupo inicial de querellantes.
La acciones civiles individuales de cada cooperativista contra su cooperativa no serán objeto de este pleito. No obstante son independientes y no interfieren ni perjudican el ejercicio de las acciones conjuntas que se plantean.
El coste del otorgamiento del poder estará incluido en la cantidad de 150 euros que cada cooperativista deberá pagar para la tramitación de la fase de instrucción de las querellas.
Cada cooperativista estará puntualmente informado a través de los correos electrónicos que proporcionen y a través de la asociación de afectados.
Madrid, 26 de octubre de 2009.