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Vecino de Hortaleza
Vecino de Hortaleza
12/01/2010 09:34

Ingresos máximos para tener piso de protección y edad máxima.

¿Cuál es el máximo de ingresos brutos anuales para acceder a una vivienda en Ofigevi?

4.663 lecturas | 6 respuestas
Hola. Buenos días.

Llevo varios años en este foro…. Supongo que en estos tiempos que corren alguno, cuando lea este mensaje diga “ya está otro imbécil preguntando las mismas preguntas de siempre”. Es por ello que pido disculpas desde el principio, pero os ruego me contestéis.
Yo, como muchos de vosotros, me metí en Ofigevi hace más de un lustro. Total, que mis condiciones van cambiando año tras año (afortunadamente). Quiero saber cuál es el máximo de ingresos brutos anuales que debo tener para tener acceso a mi vivienda a fecha de hoy.
Esos ingresos a computar, ¿serán los que deba tener cuándo me den las llaves?. Es decir, por poner un ejemplo, si el piso me lo dan en Marzo de 2013, ¿se refiere a los ingresos a declarar en la declaración de la renta del año 2012?. Por otro lado, interpreto que si llegado el caso te "pasas" de ingresos, te quedas sin el piso, ¿verdad?. (( a fecha de hoy me quedan muchos miles de euros para llegar a ese importe pero quiero hacerme una idea exacta)).
También quiero saber si es necesario tener menos de 35 años para recibir ayudas cuando me den la vivienda. (no sé por qué tengo esa cifra en la cabeza...)

Lo dicho, he pedido disculpas porque imagino que muchos estais hartos de este tipo de post, pero ahora mismo me saltan dudas.

Agradecido de antemano.

Salu2 y ánimo (o algo).
 
J
jboll
13/01/2010 23:47
si  lo que  construis en vuestra cooperativa es vppl, entonces si, pero si es vppb entonces tendras que tomar la cifra con el multiplicador de los 5,5 y la cifra sera una de las que rondan los 50mil euros, eso si entre tu y tu pareja.
asi que primero enterate que es lo que construis, vppb o vppl.
saludos
 
Vecino de Hortaleza
Vecino de Hortaleza
13/01/2010 22:46
Gracias por vuestras respuestas.

Estoy buceando en la web y veo este link:
http://es.wikipedia.org/wiki/Indicador_P%C3%BAblico_de_Renta_de_Efectos_M%C3%BAltiples

Básicamente dice:
Miembros Unidad Familiar 1 o 2 3 4 5
Tipo VPPB VPPL VPPB VPPL VPPB VPPL VPPB VPPL
Limite 5,5 7,5 5,5 7,5 5,5 7,5 5,5 7,5
Factor 0,8 0,8 0,776 0,776 0,774 0,774 0,704 0,704
Ingresos Familiares Máximos 50.746,64 € 69.199,97 € 52.316,13 € 71.340,17 € 52.451,31 € 71.524,52 € 57.666,64 € 78.636,33 €

A la hora de copiar y pegar queda fatal... pero interpreto que nuestra VPT (precio Tasado) de lo que nos dijo Ofigevi en su día es lo que ahora es VPPL y el ingreso es de 69.199,97 euros brutos anuales
¿Es así?... Si es así, vamos, me queda un pastizal para llegar,,, pero querría confirmación.....

Gracias de nuevo!!
Salu2

 
sungoo
sungoo
12/01/2010 23:44
VPB  Que los ingresos familiares no excedan de 5,5 veces el IPREM. ( 48000€ anuales de salario entre uno o 2 personas aproximadamente no lo pueden superar)

VPL Que los ingresos familiares no excedan de 7,5 veces el IPREM. ( 68000€ anuales de salario entre uno o 2 personas aproximadamente no lo pueden superar)

Ahora solo hace falta multiplicar para saberlo exactamente  http://es.wikipedia.org/wiki/Indicador_P%C3%BAblico_de_Renta_de_Efectos_M%C3%BAltiples

 
J
jboll
12/01/2010 23:25
siempre es el total de ingresos de la unidad familiar, si no me equivoco, el 5,5 es para la vpo y el 7,5 para la vppl(que es lo que llamaron la proteccion oficial para las clases medias)
pero si quieres estar mas seguro mira en internet, toda esa informacion esta y es bastante facil de encontrar. saludos.
 
Vecino de Hortaleza
Vecino de Hortaleza
12/01/2010 23:14
Y, exactamente, ¿de qué salario estamos hablando como máximo bruto? Creo que interpreto, según el otro post donde contestas, que es 5.5 veces (si es individual) y puede que sea 7.5 si es en pareja, ¿verdad?

Salu2
 
sungoo
sungoo
12/01/2010 13:03
Yo espero que por parte de las cooperativas nos den una solucion a este problema porque muchos de los cooperativistas superamos el limite de ingresos para VPO-VPB a dia de hoy pero hace 8 años eso no era asi .

En mi caso , yo y mi pareja estamos apuntados los dos y nuestra idea es que sea la vivienda para los dos y no ponerla a nombre de uno solo .Entre los dos superamos por poco pero superamos el limte de saldo para VPB .

Espero que pongan una solucion o por lo menos que las viviendas VPB puedan inscribirse como VPL para que la gente que supere los limites despues de tan larga espera podamos disfrutar de la vivienda aunque tengamos qeu pagar un poco mas.

La unica solucion que me han dado es que se ponga a nombre de una sola persona en vez de nombre de los 2.

Lo malo qeu la persona que no se ve reflejada en la vivienda tendra que pagar a hacienda todo lo desgravado en estos años,ademas no podra estar metida en la hipoteca por lo tanto no se podra desgravar de la vivienda nunca.

En el caso que este a nombre de lso dos pero solo se refleje en el contrato una persona , se debera ir a una notaria y realizar un documento donde se exponga que esa vivienda es de los dos  ,para que en un futuro (separacion,viudedad,matrimonio etc etc ) exista un documento legal para que la vivienda se parta (hasta que no pasen 20 años no se puede escriturar a nombre de los 2 o de quien quieras)

ESPERO QEU LAS COOPERATIVAS ESTEN ESTUDIANDO ESTOS CASOS .

Yo soy de platinum y me gsutaria saber si se esta estudiando la posibilidad de poder cambiar a ciertas personas de VPB a VPL.

Takeda si tienes conocimiento de esta situacion por favor informanos es muy importante,y puede ser causa de posibles bajas en la cooperativa.

GRACIAS
 

Fin del hilo
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