Buenas noches a tod@s.
Ya sólo nos falta 1 firma de un socio de Milenium para poder convocar la Asamblea Extraordinaria, apelo a que alguno de los que seguís la iniciativa contacte conmigo, y en caso de duda sea solidario, y nos permita a todos debatir y votar todo lo propuesto.
angel13ingcivil@gmail.com
No me voy a extender mucho en estos puntos, por qué no pretendo dar datos de nuestros Estatutos, mas halla de referencia a Artículos y poco más para que puedan verificar realmente que lo propuesto es verificable y realizable.
2Bis. Debate y votación de creación de un Comité Delegado de la Asamblea para poder gestionar y supervisar las propuestas de mejora aprobadas en ésta Asamblea Extraordinaria, al amparo del Artículo 59 de los Estatutos. Y si procede elección de sus miembros.
6.Debate y votación de procedimientos de información y comunicación del Consejo Rector a los socios.
El Punto 2 Bis, es consecuencia de una conversación con otro socio firmante, el cual, me hizo meditar sobre quién se encargaría de gestionar y supervisar todo lo que aquí se apruebe. Pues en un principio pensaba que podría ser el Comité de seguimiento de la correcta ejecución de las obras. Pero ese Comité nunca ha sido ejecutivo, y que viera que está en el Artículo 12, y que solo se le reune para informarle. Que no es como el Cómite desarrollado en el Artículo 59-Bis; y habría que crear uno con funciones concretas y determinadas, por el periodo de duración de las obras.
Por lo que se propondrá debatir y crear dicho Cómite copiando lo establecido para el del Artículo 59 Bis, en cuanto a composición y requerimientos y funcionamiento, pero con un carácter abierto y mas participativo:
_Presidente, Secretario y Vocales. Todos sus miembros son elegidos en Asamblea, y entre estos votaran al Presidente y al Secretario de la misma, quedando el resto de miembros como vocales.
_Colaboradores puntuales, cualquier socio puede asistir y colaborar con dicha comisión, previa solicitud al Secretario de la misma.
En caso de aprobarse su creación, se procederá a la elección de sus miembros.
Respecto al punto 6, pues dejo el link donde hago una exposición de lo que pienso:
http://www.nuevosvecinos.com/bcanaveral/3969467_cooperativas_de_viviendas_cooperativistas_y_buena_gestion.html
Y copio la parte del mismo que se refiere al punto 6:
Fundamental, la comunicación y transparencia hacía el socio:
_Se debería aprobar en Asamblea que el Consejo Rector debe emitir mensualmente un boletín informativo donde se informa a los cooperativistas de lo realizado y los avances conseguidos en dicho mes. Siendo el Secretario el responsable de su redacción y envío. Debiendo estar firmado por todos sus miembros.
_Comisiones, estas deberían realizar actas de cada una de sus reuniones, y las mismas quedar archivadas para poder ser requeridas por cualquier socio que esté interesado en tener conocimiento de lo tratado. Y si fuera requerido en Asamblea, su envío a todos los cooperativistas. Siendo el Secretario de la Comisión el responsable de su redacción y envío. Debiendo estar firmadas estas por todos los asistentes a la misma, a excepción de sus colaboradores puntuales.
_Asambleas Ordinarias:
Se deberían celebrar Asambleas, cada 6 o 4 meses, según la fase en la que se éste. No es de recibo realizar una reunión anual, y casi por imperativo legal, de aprobar las cuentas, si eso ocurre es evidencia de que algo falla en esa Cooperativa.
Normalmente, los puntos del Orden del Día lo establece el Consejo Rector, pero se debería establecer la obligación de ser el primer punto del Orden del día:
1. Propuesta de incorporación de puntos a tratar en la Asamblea.
Facultando así a cualquier socio la posible incorporación de un tema a tratar, permitiendo argumentar su propuesta y votando por todos su tratamiento como punto de orden del día o no. Dando desarrollo generoso así al punto 4. del Artículo 40.
En cuanto al desarrollo de las mismas, cuando a algo planteado por un socio en el debate de un Punto del Orden del día, o en ruegos y preguntas, la respuesta por parte de algún miembro del Consejo Rector o de la Gestora, sea un "NO POR IMPERATIVO LEGAL O SIMILAR", en el acta se debe de recoger esa frase y seguidamente poner la referencia de la localización exacta donde se establece, es decir:
Ley ---/----- Articulo --.
B.O.E numero ---- día----mes----- página ------
Reglamento -------
Pues se dan en muchos casos que se utilizan estas cosas para echar balones fuera. La gente desconoce realmente los términos establecidos y donde poder buscarlos, por tanto es algo a lo que se debe obligar. Para así evitar estas cosas y la gente pueda verificar fácilmente su veracidad.
Un saludo a tod@s.