Publicado hoy en EL PAIS, suplemento Propiedades.
¿Quién es responsable del pago de impuestos en una comunidad de propietarios o cooperativa?
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"Cuando la gestora no paga a Hacienda. El cooperativista y el comunero es el responsable del pago.
El cooperativista o el comunero que accede a una vivienda en régimen de comunidad de propietarios o en cooperativa suele desconocer los múltiples impuestos a pagar -la retención a los profesionales, pagos por la compra de suelo, etcétera- y da por descontado que la gestora aforantará estos pagos. Pero si no lo hiciera, para Hacienda quien responde es el cooperativista o el comunero hasta pasados cuatro años desde el plazo fijado para el pago voluntario, según el bufete Prieto & Asociados. Después, eso sí, éstos podrán recurrir ante Hacienda ya que la Ley Tributaria establece la derivación de responsabilidades (solidaria y/o subsidiaria) para el verdadero responsable y/o denunciar a la empresa gestora ante los tribunales ordinarios por la "mala gestión debida".
Puede servir como ejemplo el caso de Ofigevi. En la compra de suelo, el procentaje destinado a vivienda protegida tributa en el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados menos que el de libre, pero si a los tres años no se obtiene la calificación provisional de estas viviendas hay que reintegrar la diferencia. Según la Asociación de Vecinos del Sureste, la decisión de Ofigevi de no pagar cuando fue requerido y reclamar en vía ejecutiva ha supuesto un 10% de recargo, 25.000 euros, de momento, para una de las cooperativas por parte del suelo.
Otro ejemplo es el de Caisa, que en la comunida de propietarios Pinar de San José 3.2 del PAU de Carabanchel declaró en el impuesto de actos jurídicos documentados a la Comunidad seis millones de euros menos en la escritura de obra nueva y división horizontal que lo presupuestado. Los comuneros tendrán que pagar 74.000 euros (por la diferencia declarada más los intereses de demora) y una sanción de 30.000 euros, según Prieto & Asociados.
La forma de pago por sus gestiones a estas dos gestoras difiere. En un caso, el de Ofigevi, cobra un 12% del coste total. De forma que a mayor coste de gestión -si la sanción se incluye como tal-, mayores honorarios. Lo pactado con Caisa, según sus comuneros, es que percibirá la diferencia entre el coste de la pomoción y el precio final de la casa. Hipotéticamente, el no pago de impuesto es un ahorro que permitiría mayores beneficios a la empresa. Desde Gecopi se recomienda, tal como recoge su código deontológico, que se establezca un precio cerrado por la gestión, de forma que los autopromotores sepan exactamente el coste de los servicios que prestará la gestora."