Parece ser que el 5,5 SMI no es tan inmediato de obtener.
Por un lado en el decreto 11/2001 de 25 de enero de la Consejería de Obras Publicas.... (fácil de obtener buscando en google "decreto 11/2001") en su artículo 5 que trata de la cuantía de los ingresos familiares (IF)a fin de su comparación con 5,5 SMI, lo calcula según la formula: IF = BI x T X V
donde BI, es la suma de las bases imponibles (casilla 925?) del núcleo familiar, siendo T y V dos coeficientes correctores menores que 1.
T depende del coeficiente autonómico, que a su vez depende de la zona (para S.S. de los Reyes, zona 1B según puede comprobarse en
http://www.madrid.org/vivienda/información/precios.htm V depende del número de miembros del núcleo familiar, según tabla recogida en el citado art.5. Por ejemplo en zona 1 y con 4 miembros = 0,86
Es decir que al ser los coeficientes menores que 1, los importes familiares pueden ser mayores que lo inicialmente previsto.
Si ULTIMAD o algún otro experto puede aportar algo de luz se agradecería.
Es un tema interesante porque puede haber casos que esten rozando el limite de ganancias inicialmente previsto y se planteen renunciar a algunos ingresos por no arriesgar su opción de vivienda (y no sea realmente necesario).
Aprovecho para recomendar la lectura del citado decreto y para citar otra página con algunos tfnos. de interés:
www.el-mundo.es/suvivienda/telefonos.html Saludos
P.D. Espero ser útil y no haberos mareado.