kikara:
1.- Tu gestora no tiene ni idea: las condiciones son cuando te adjudican la vivienda. Es decir, cuando la escoges y firmas el contrato de adhesión a la cooperativa y empiezas a pagar (pagas en función de la casa que escojas). A no ser que elijas vivienda justo cuando vayas a escriturar, que también puede ocurrir.
El concepto de socio de una cooperativa también significa que eres dueño y autopromotor de tu futura vivienda.. Por eso es por lo que las condiciones se han de cumplir justo en ese momento.
2.- Tu último comentario tampoco se ajusta a la realidad: aunque tengas separación de bienes, si estas casado, se tienen que sumar ambos ingresos. Esto es porque se sigue formando una sola unidad familiar.
Otra cosa es que estés separado legalmente (con sentencia judicial) o divorciado.
A este respecto, hay unas funcionarias de la CAM muy majas (que pueden verificar estas dos cuestiones) en la calle Marcelina 14 (Metro Valdeacederas o Ventilla). Ahí está la oficina de la CAM de la vivienda protegida.
Saludos.