Ingresos máximos¡¡¡
1.466 lecturas | 4 respuestas
Hola a todos,
aunque éste tema ya se comentó en el foro en un mensaje del 2 de Noviembre me gustaría sacarlo de nuevo a colación ya que creo que no quedó claro.
Parece claro cuál es la cantidad máxima que puedes cobrar anualmente que es de en torno a 43000 euros.
Lo que no estaba nada claro es en qué momento no podías sobrepasar ésta cantidad.
Se decía que era en el momento en el que firmabas y elegías piso (momento en el que pasabas a ser adjudicatario), instante en el que tuvimos que certificar que nuestros ingresos no sobrepasaban la cantidad comentada.
Pero ahora, cuál es mi sorpresa, que también tienes que certificarlo en el momento en el que firmas las escrituras¡¡
Y mi pregunta,que me gustaría que comentáramos es...y si se dilata el tiempo en el que acaban nuestras casas(como está sucediendo)¿tenemos que seguir cobrando dentro de los límites establecidos?...ahora bien, en el momento en el que a ellos les apetezca terminar las obras ya podemos superarlo sin problemas...perfecto.
Pues sinceramente, no me parece que tenga mucho sentido común.
Perdonad por el ladrillo.Saludos