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kikegonza
kikegonza
29/03/2010 09:53

valor de una terraza en VPPL madrid

¿Es legal que me cobren 60.000 euros por una terraza en una vivienda de vppl en el ensanche de vallecas?

7.313 lecturas | 4 respuestas
Hola a todos, tengo un problema y me gustaría si alguno puede ayudarme, he reservado una vivienda de vppl en el ensanche de vallecas, es una vivienda con una terraza de 50 metros cuadrados el piso tiene 83 metros cuadrados, me he leido el nuevo plan de vivienda de la comunidad de madrid y creo que no pueden cobrar por la terraza mas del 10 por ciento de los metros utilies de piso, es decir 8.3, pero la promotora quiere cobrarme 60.000 euros por la terraza, alguno podría decirme si esto es legal o como esta el tema legal respecto al nuevo plan de vivienda 2009-2012, no se mucho de leyes.

gracias.
 
C
CLARISA
22/04/2010 14:32
No se si te puede ayudar mucho, yo tengo una vivienda del plan 2005-2007 con terraza de 40 metros, lo unico es  que es de VPPB, la terraza sólo computaba  el 10% y el tenderero el 50%: La vivienda no podía pasar de 90m útilies por eso es un poco más pequeña de la del resto pero son unos 6 metros, unos 4 por la terraza y 2 del tendedero. Por supuesto no me cobraron ni un duro. Son metros que gane pero así esta la ley. Espero haberte ayudado, informate en Maudes
 
kikegonza
kikegonza
13/04/2010 11:59
Muchas gracias, el precio del piso esta bien calculado con los metros utiles, solo que por la terraza en vez de cobrarme los 8.5 metros que deben me ponen que vale tres veces mas. iré a la comunidad de madrid a ver si me pueden asesorar a ver que puedo hacer antes de firmar el contrato.
gracias
un saludo.
 
valdearquitecta
valdearquitecta
12/04/2010 18:04
Os copio literal lo que dice la normativa respercto de la superficie útil de terraza respecto de la superficie útil de vivienda cerrada:

Decreto 74/2009, de 30 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid.

"Se entiende por superficie útil de la vivienda, la del suelo de la misma, cerrada por el perímetro definido por la cara interior de sus cerramientos con el exterior o con otras viviendas y locales o zonas de cualquier uso. A estos efectos, el método para calcular dicha superficie consistirá en tomar las cotas desde paramentos terminados y a distancias equidistantes de los planos verticales y horizontales que conforman el espacio a determinar. Asimismo, incluirá la mitad de la superficie útil de los espacios exteriores de propiedad privada de la vivienda, tales como terrazas, tendederos, balcones u otros. El cómputo de la superficie útil de los espacios exteriores se verá limitado al 10 por 100 de la superficie útil interior de la vivienda, cuando la mitad de la referida superficie útil de espacios exteriores supere el mencionado porcentaje del 10 por 100".

En VPPL y cualquier vivienda con protección sólo se habla de sup útil, en cuanto os venda m2 construidos sin definir la útil desconfiad. El precio de modulo se aplica a los m2 UTILES.

 
V
villimon
12/04/2010 00:58
Hola Kike
me temo que te están engañando. sólo se paga un 10%. la terraza es de uso privado aunque "pertenece a la comunidad" pero no te pueden cobrar más. en el plan 2005-2008 era así y estoy casi seguro de que no ha cambiado.
un saludo
 

Fin del hilo
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