Volver al foro
C
citi
17/11/2003 18:14

Dudas

¿Qué es una Junta de compensación y para qué se utiliza? ¿Cuál es la diferencia entre VPO y VPP?

632 lecturas | 3 respuestas
Buenas a tod@s:
Tengo un par de dudas. A ver si me podeis ayudar a aclararlas, porque veo que estoy bastante verde, y tengo que ponerme las pilas, jeje.
En primer lugar, ¿qué significa Junta de compensación? ¿Para qué se hace exactamente?
Y en segundo lugar, no tengo muy clara la diferencia entre VPO y VPP.
¿Alguien podría ayudarme, por favor?
Muchas gracias a tod@s y un saludo.
 
SRMARTINEZ
SRMARTINEZ
24/11/2003 12:35
Me alegro que te haya sido utili esa información. Un saludo
 
C
citi
24/11/2003 11:14
Muchas gracias, Sr Martinez. Me ha servido de mucho.
Un saludo.
 
SRMARTINEZ
SRMARTINEZ
24/11/2003 09:12
¿Qué es una vivienda de Promoción Pública?
Es la nueva denominación que agrupa a las antiguas viviendas de protección oficial (V.P.O.) y viviendas de precio tasado (V.P.T.). La Vivienda de Promoción Pública (V.P.P.) es la que se construye acogiéndose a los planes de vivienda que financia el Ministerio de Fomento, las Comunidades Autónomas o el Ayuntamiento. Se caracterizan porque tienen limitación en su superficie y en su precio.
Comprar una vivienda en construcción o sobre plano también puede representar un ahorro. Además, posibilita hacer cambios sobre el proyecto inicial, normalmente sin aumentar el precio.



---VPO---

.1-¿Qué son?

Las viviendas de protección oficial (VPO) constituyen una alternativa para adquirir una vivienda a precio más económico ya que el Gobierno pone a disposición de los ciudadanos determinadas viviendas con un precio inferior a la media, y ayuda a la compra de las mismas mediante una subvenciones.

Tal como su propia definición indica "son aquellas viviendas destinadas a ser domicilio habitual cuya superficie máxima útil no puede exceder de los 90 metros cuadrados y que se encuentran sujetas a su propia normativa".


-2--Tipos de VPO

La construcción de Viviendas de Protección Oficial puede realizarse mediante Promoción Pública o mediante Promoción Privada

La Promoción Pública de VPO será la efectuada, siempre sin ánimo de lucro, por el Estado y los Entes autonómicos competentes. Su acceso está restringido a las familias cuyos ingresos anuales sean inferiores al 2,5 millones del salario mínimo o en su caso los límites que establezca la normativa de las Comunidades Autónomas. La superficie útil máxima no podrá exceder de 70 metros cuadrado o 90 si la unidad familiar consta de 4 o más miembros.

La Promoción Privada de VPO podrá hacerse por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro. Dentro de este tipo de viviendas existen dos tipos de regímenes :

Especial: Cuando los destinatarios tengan ingresos ponderados que no excedan de 2,5 veces el S.M.I., o el límite que establezca la propia normativa de las Comunidades Autónomas

General: Cuando los destinatarios tengan ingresos ponderados hasta 5,5 veces el S.M.I

--3--3.-Venta de una VPO

El Gobierno establece un precio máximo de venta, que podrá verse incrementado en determinados porcentajes según los municipios.

El precio que ha establecido el Ministerio de Fomento para la venta de las VPO es de 636,25 euros (105.8637 ptas) el metro cuadrado que será revisado cada año por el Consejo de Ministros. Además, con el nuevo Plan Vivienda 2002-2005 se ha acordado la creación de un nuevo tipo de municipio singular, el tipo C, así, la Comunidad Autónoma correspondiente podrá elevar el mencionado precio básico de venta de la VPO en un 10%. Recordemos que ya existían otros dos tipos de municipios singulares, a y b. Con el tipo a, se podía encarecer el precio de la VPO en un 40% sobre el precio establecido, y el municipio de tipo b, se puede incrementar el precio básico de la VPO en un 20%.

La venta de una Vivienda de Protección Oficial puede hacerse de dos formas. Venderse a precio libre, para lo cual hay que seguir una serie de pasos, o bien venderla como vivienda protegida.

Si queremos realizar la venta de una VPO a precio libre, primero hay que "descalificarla". Descalificar una vivienda de VPO significa que vamos a transformarla en una vivienda libre, para esto lo que hay que hacer es devolver las cantidades que la Administración nos ha ido abonando en forma de ayuda o subvenciones. Normalmente suele interesar descalificarla, nos compensará llevar a cabo este trámite, puesto que el precio de nuestra vivienda por metro cuadrado se incrementará ya que el precio de las de VPO es mucho más pequeño. Hay que pedir con anterioridad al Ministerio de Fomento las cantidades que se nos han ido reembolsando para saber cuanto tenemos que devolver.

En el caso de las VPO de promoción pública, en régimen de cesión, no se pueden descalificar, aunque si vender pero al precio establecido para este tipo de viviendas.



Espero que te sirva de ayuda...un saludo.
 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento