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B
bicho2
11/04/2007 14:10

SEGURIDAD SOCIAL

5.766 lecturas | 16 respuestas
Hola,

Estamos empadronados en Las Tablas pero no sé qué centro de salud nos corresponde. Me puede decir alguien cual es?? y que se necesita para inscribirse o darse de alta en ese centro??
Muchas gracias
 
O
onin
19/04/2007 15:10
A la atención de Vivirlastablas,

TEMA: ASISTENCIA SANITARIA

He leído tu mensaje en el que me contestas al mío del día 12 de los corrientes (13,24 horas).

Lamento decirte que no sólo no comprendistes mi mensaje sino que, además, sigues diciendo despropósito tras despropósito, con tal de no admitir lo evidente, al objeto de no tener que rectificar. Por cierto, dices que no vas a intervenir más en este tema. Haces bien, pues muchos te lo agradecerán ...

Si relees mi mensaje anterior (citado) con atención, puedes descubrir, por muy espesa que estés, que lo que pretendía es demostrarte que la asistencia sanitaria sí tiene que ver con la Seguridad Social (en contra de lo que tú habías afirmado), pues es una prestación fundamental del Sistema de la Seguridad Social española (por cierto desarrollado -el sistema- a partir de la Ley de Bases de 1963, ley que tan poco te gusta por antigua (supongo).

La mencionada rectificación te la hice con una delicadeza exquisita (exactamente dije: "Perdona que te corrija pero es que creo que no es del todo correcta tu aclaración sobre la Seguridad Social".)

Mira, haz un esfuerzo mental porque no te lo voy a explicar más veces. Lo tuyo, desde luego, debe ser el aeróbic, pues de Seguridad Social poquito, poquito ...

A los fundamentos de mi mensaje anterior, añade los siguientes:

El Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (B.O.E. del día 29), en su artículo 38, sobre acción protectora del sistema de la Seguridad Social, determina:

"1. La acción protectora del sistema de la Seguridad Social comprenderá:

a)La asitencia sanitaria, en los casos de maternidad, de enfermedad común o profesional y de accidentes, san o no de trabajo.
b)..."

Otro día, si lo deseas, te explico lo que es un real decreto legislativo, un texto refundido, etc. Por cierto, esta ley deriva directamente de la Ley de Bases de 1963 que tan poco te gusta por considerarla antigua. Pues supongo que lo de "lo antiguo que estás en cuanto a los servicios esenciales que están dentro del sistema de bienestar social de nuestro país".

La verdad, para afirmar cosas así es mejor que tengas cerradita la boca y te dediques a otros menesteres (tales com el aeróbic u otras actividades similares, que prefiero no enumerar). De los servicios esenciales del sistema de bienestar social...yo no he hablado para nada. Te repito, por tercera vez, que lo único que pretendía era demostrate que estabas equivocada, que la asistencia sanitaria sí tiene que ver con la Seguridad Social.

La Ley 193/1963, de 28 de diciembre de Bases de la Seguridad Social (B.O.E. del día 30), que, como digo y la propia ley dice, es la base del sistema (aunque la Constitución española de 1978 haya añadido algunos aspectos significativos),la cité sólamente para ilustrar algunos de los principios rectores -o bases- de nuestro actual sistema de Seguridad Social (solidaridad y carácter contributivo (hay más), al hablar de la universalización del derecho a la asistencia sanitaria, lo cual no impide que siga siendo una prestación de la Seguridad Social. No hay que olvidar que las prestaciones no contributivas (en base al principio de solidaridad) también son prestaciones de Seguridad Social, aunque su financiación sea vía impositiva (Presupuestios Generales del Estado).

Pues aunque la financiación del sistema de la Seguridad Social no es fundamental aquí y ahora, considerando el tema de discusión, te diré que siempre ha habido aportaciones del Estado (vía impuestos), la propia Ley de Bases lo determinaba al hablar de las fuentes de financiación de la Seguridad Social, las cuales vienen prácticamente intactas en wel actual texto refundido. Para el caso que discutimos da los mismo la fuente de financiación (sólo cotizaciones sociales, sólo impuestos o las dos cosas).

Hablas de la gestión de asistencia sanitaria por las Comunidades Autónomas. Por supuesto, todo el mundo sabe que la asistencia sanitaria se gestionada por las Comunidades Autónomas en base al Título VIII de la Constitución de 1978, que posibilita un Estado descentralizado (política y administrativamente), y a la propia Ley General de Sanidad de 1986.

Por cierto, la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad (B.O.E. del día 29), en su artículo 80, dice que "El gobierno regulará el sistema de financiación de la asistencia sanitaria del sistema de la Seguridad Social para las personas no incluidas en la misma que, de tratarse de personas sin recursos económicos, será en todo caso con cargo a transferencias estatales".

Por si te interesa el tema te diré que dicha regulación viene recogida enm el ÇReal Decreto 1088/1989, de 8 de septiembre (B.O.e. del día 9).

Podría seguir con más argumentos pero creo que son suficientes,LA ASISTENCIA SANITARIA ES UNA PRESTACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL (¿O NO?), por lo tanto, tiene que ver con ella.

Un saludo,




 
V
vivirlastablas
13/04/2007 16:48
Mira ONIN, es posible que alguien piense que quise dar lecciones por mi anterior aclaración, No era mi intención solo que debemos acostumbrarnos a saber que Administración gestiona los servicios en un pais tan descentralizado como el nuestro. No voy a intervenir más este tema, pero quiero decir que tu intervención demuestra lo antiguo que estas en cuanto a los servcios esenciales que estan dentro del sistema de bienestar social de nuestro país.
La Sanidad en España se financia via Impuestos y la gestionan las Comunidades Autónomas. Otra cosa es que en los desplazamientos al extranjero, en aquellos paises en los que hay acuerdos bilaterales y en la Comunidad Europea se tenga que sacar la tarjeta Internacional en el INSS.
De todas formas ha sido modificada la legislación mucho desde las fechas que tu aportas. Por ejemplo con la Ley General de sanidad de la epoca de Felipe Gonzalez, modificada en varias ocasiones despues.
Sin embargo, el desempleo, las "pensiones contributivas"y aquellas bajas por enfermedad ó incluidas en la LEY DE IGUALDAD, BAJAS DE MATERNIDAD Ó PATERNIDAD si se financian con cotizaciones de Seguridad Social.
No quiero dar lecciones a nadie. Siento si alguien se ha sentido mal con mi intervención, pero intervenciones como la tuya tampoco ayudan. Un saludo
 
J
Jotadb
12/04/2007 16:06
Madre del amor hermoso.... perdone usted... pero... dije tarjeta de la ss.... 50% error 50% acierto...

;-)

Salu2
 
M
m_c_b
12/04/2007 15:52
CARGARROD dijo:

FUENCARRAL


Muchas gracias.
 
O
onin
12/04/2007 13:24
Hola Vivirlastablas,

Perdona que te corrija pero es que creo que no es del todo correcta tu aclaración sobre la Seguridad Social.
Efectivamente al ir a un Centro de Salud lo que se debe llevar es la tarjeta sanitaria (aunque realmente también te atienden sin llevarla) y no la tarjeta o documento de afiliación a la Seguridad Social que es otra cosa. Sin embargo, al explicarlo te equivocas, pues dices:

"...ya que no se trata de la Seguridad Social sino de la Asistencia Sanitaria..." y añades, ..."La Seguridad Social ofrece otros servicios y prestaciones como las pensiones, retribuciones por baja, etc...".

Esto no es exacto, pues la Asistencia Sanitaria sigue siendo una de las prestaciones básicas del Sistema de la Seguridad Social (y por tanto de la Seguridad Social), y ello, aunque esté universalizado el derecho a la misma. Al cotizar a la Seguridad Social todos los meses a través de la empresa, estamos financiando, vía Tesorería General de la Seguridad Social, la Asistencia Sanitaria, y ello con independencia de que esté descentralizada a las comunidades autónomas su gestión y aunque exista también un derecho subjetivo a la asistencia sanitaria de quienes no cotizan y/o no hayan cotizado jamás. Por ejemplo la mayoría de los gitanos. La solidaridad es uno de los principios rectores o básuicos del sistema de acuerdo con la Ley de Bases de 1963. Sin embargo también es un principio rector o básico el carácter contributivo. (Ya ves, el sistema de la Seguridad Social como el propio ser humano tiene algo o mucho, según se mire, de contradictorio, por un lado solidaridad y por otro proporcionalidad contributiva). O dicho de otro modo, aunque se trate, en estos casos, de una prestación no contributiva del sistema (lo mismo que las pensiones no contributivas creadas con el gobierno socialista de Felipe González). También con independencia de que el Estado (vía impositiva), directamente o a través de las comunidades autónomas financie parte del gasto sanitario.
Te pongo un ejemplo para que lo veas claro. Yo, esta Semana Santa, tuve un problema sanitario en el extranjetro (un país comunitario). Como no llevaba la tarjeta sanitaria europea que dispensa el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social, encargado de la gestión de las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social española, tuve que pagar, por adelantado (parte del coste) y el resto, al final de la asistencia. Pues bien, para solicitar el reintegro tuve que solicitarlo en una de las oficinas del INSS (por reintegro del gasto sanitario -todavía está en trámite la solicitud-). Además de cumplimentar la solicitud (por cierto, preconstitucional pues había campos para el estado civil, nombre de los padres etc. ; aunque es posible que no me hubieran obligado a rellenar estos espacios, yo los cumplimenté, sin preguntar, sólamente le expresé a la funcionaria mi extrañeza, pues tengo al INNS como una entidad gestora de la Seguridad Social cuasimodélica), tuve que aportar el documento de afiliación a la Seguridad Social y el D.N.I.
En resumen, que la Asistencia Sanitaria es una prestación de la Seguridad Social.
Saludos,
 
V
vivirlastablas
12/04/2007 10:27
No es por corregir, pero no es la Cartilla de la Seguridad Social la que hay que llevar, sino la "Tarjeta Sanitaria" de la Comunidad de MADRID, ya que no se trata de la Seguridad Social, sino de la Asistencia sanitaria.
La Seguridad social ofrece otros servicios y prestaciones como las pensiones, retribuciones por baja, etc.
Quizás sea por deformacion profesional, pero creia que era buena esta aclaración. Un saludo vecinos y perdonar si alguien cree que era innecesaria.
 
C
CARGARROD
12/04/2007 10:12
FUENCARRAL
 
M
m_c_b
12/04/2007 09:55
Hola :

Me puede decir alguien a que junta de distrito pertenece Las Tablas.

 
V
vidaclara
11/04/2007 21:45
fler dijo:


< a href=http://www.google.es target=_blank >www.google.es< /a >




No hay nada en esta vida como estar aburrido,¿verdad señor fler?

Clara
 
B
bicho2
11/04/2007 19:39
las tablas32 el mensaje no iba para ti, sino para fler...

Muchas gracias a las tablas32 por facilitarme el número de telefono.
 
B
bicho2
11/04/2007 19:37
Muy amable hasta eso ya llegaba...
 
L
Lastablas32
11/04/2007 17:27
Isla de Java s/n
Tlf: 91.729.34.71
 
F
Fler
11/04/2007 17:21

www.google.es
 
B
bicho2
11/04/2007 17:04
Muchisimas gracias. Es mucho pedir si me puedes proporcionar el júmero de telefono??
Gracias,
 
J
Jotadb
11/04/2007 16:05
Creo que te piden el certificado de empadronamiento y la tarjeta de la S.S.

Salu2,
 
B
B27
11/04/2007 16:02
la Seguridad Social que nos corresponde es el de la calle Isla de Java en Fuencarral
 

Fin del hilo
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