Hola a todos:
Soy de la B-26 y me he metido por primera vez en el foro general. Gracias por la información del empadronamiento pero quiero desmentir un error que puede confundir de lo que se ha dicho aquí. He llamado a Hacienda para confirmar la supuesta obligación de empadronarse a los 12 meses de comprar y no es así. Para poder obtener la deducción por vivienda habitual tienes que estar OCUPANDO LA VIVIENDA, pero eso se puede acreditar con cualquier medio de prueba, por ejemplo, recibos a tu nombre de agua, luz, teléfono. No es necesario empadronarse (lo digo por la gente que a lo mejor está empadronada en otro sitio por motivos varios: colegio de los hijos, tarjeta de residente,etc).
Un saludo,
Susu