Hola, yo tengo hipoteca ‘normal’, pero en principio, todos los gastos de gestoría, notaría y tasación, amén de -ahora – los del impuesto de Actos Jurídicos Documentados, son susceptibles de devolución. La anterior jurisprudencia decía que los bancos tenían que devolver gestoría, notaría y tasación, pero que de acuerdo al reglamento, el ‘pagador’ del impuesto AJD debería ser el ‘hipotecado’. Ahora el Tribunal Supremo, no sé si en un alarde de inteligencia o por miedo a que el Tribunal Europeo les tire de las orejas (yo creo que es más bien lo segundo :-) ha tumbado ese criterio, diciendo, con toda la lógica a mi parecer, aunque ni los fiscalistas se ponen de acuerdo, que el ‘pagador’ del impuesto ha de ser el banco, que es en definitiva a quien le interesa documentar y registrar la hipoteca. Otra cosa es que los bancos, para escaquearse, ya estén diciendo que la culpa no es suya, sino que Hacienda les decía que era así (cosa cierta, por el reglamento mencionado) y que las quejas a Hacienda. Pero en el mientras tanto, ha de reclamarse al banco (y, en mi opinión, que sean ellos los que reclamen a Hacienda). Dicho esto, en vuestras hipotecas, creo que os daban un interés y condiciones más ventajosas, pero entiendo que hay banco, ergo hay gestoría, hay notaría y tiene que haber impuesto, y además, como hacienda somos todos, el impuesto será al mismo tipo que cualquier otra hipoteca. Se calcula que para una hipoteca de unos 150.000 euros, todos los gastos a devolver pueden ser 2000-3000. Esto que suena tan bonito tiene una contrapartida, la primera esa, que hay que reclamar via judicial (al menos hasta que los bancos se decidan a devolver por su propia iniciativa o a negociar un importe más bajo, como hicieron con las cláusulas suelo), y la segunda que si te dedujiste estos gastos en la declaración de IRPF del año en que suscribiste la hipoteca, que lo harías, ahora Hacienda te reclamará que le pagues dicha deducción, imagino. Y como quieran hacer la gracia de cobrarte recargos e intereses por el tiempo transcurrido (ejemplo, si te dedujiste hace 10 años, el interés legal de 10 años o recargo o multa), que sería inconstitucional a mi modo de ver, pero entre que se lo discutes o no, vas pagando… Igual le sacas al banco 2000 pero a hacienda le tienes que pagar 1000. Habrá que ir viendo...