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ferverrod
27/05/2006 00:37

IRPF 2005: Reinversion vivienda habitual

¿Cómo justificar la exención por reinversión en vivienda habitual en la declaración de la renta si vendí mi casa en 2005?

11.393 lecturas | 4 respuestas
En 2005 vendí mi vivienda y estoy a la espera de que me entreguen la nueva este año. Lo hice para "dormir tranquilo" por lo que de la hipotética burbuja inmobiliaria, aunque ahora me duela pagar un alquiler cada mes...
Tengo bastante lío respecto a lo que poner en la declaracion de la renta para justificar la exencion por reinversion en vivienda habitual. Hay un montón de casillas que rellenar en el programa PADRE.
Si alguien está en la misma situación, le agradecería que me pusiera un ejemplo estilo "para torpes".
En mi caso, al vender mi casa cancelé lo que quedaba de hipoteca, y he pagado a la constructora una cierta cantidad tanto en 2004 como en 2005.
Muchas gracias.
 
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ferverrod
29/05/2006 22:49
Muchísimas gracias por tu ayuda.
 
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Kayda
29/05/2006 18:53
Ferverrod, a ver si te puedo ayudar algo más.

Texto de ayuda del programa Padre relativo a la exención por reinversión en vivienda habitual:

Podrán gozar de exención las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto en la transmisión de la vivienda habitual del contribuyente (vivienda 1 - venta) cuando el importe total del valor de transmisión se reinvierta en la adquisición o rehabilitación de una nueva vivienda habitual (vivienda 2 - compra), en las condiciones que se indican a continuación.

Cuando para adquirir la vivienda transmitida (vivienda 1) el contribuyente hubiera utilizado financiación ajena (hipoteca), se considerará, exclusivamente a estos efectos, como importe total obtenido el resultante de minorar el valor de transmisión en el principal del préstamo que se encuentre pendiente de amortizar en el momento de la transmisión.

Igualmente darán derecho a la exención por reinversión las cantidades obtenidas en la enajenación que se destinen a satisfacer el precio de una nueva vivienda habitual que se hubiera adquirido en el plazo de los dos años anteriores a aquélla.

Plazo para la reinversión:
La reinversión del importe obtenido en la enajenación deberá efectuarse, de una sola vez o sucesivamente, en un período no superior a dos años .
Se entenderá que la reinversión se efectúa dentro de plazo cuando la venta se hubiese efectuado a plazos o con precio aplazado, siempre que el importe de los plazos se destine a la finalidad indicada dentro del período impositivo en que se vayan percibiendo.

Cuando, conforme a lo dispuesto en los párrafos anteriores, la reinversión no se realice en el mismo año de la enajenación, el contribuyente vendrá obligado a hacer constar en la declaración del Impuesto del ejercicio en el que se obtenga la ganancia de patrimonio su intención de reinvertir en las condiciones y plazos señalados.

Reinversión parcial:
En el caso de que el importe de la reinversión fuera inferior al importe total del valor de transmisión, solamente se excluirá de gravamen la parte proporcional de la ganancia patrimonial que corresponda a la cantidad efectivamente invertida en las condiciones de este artículo.



Tienes que ir al apartado G4, casillas 450 a 454, para lo cual tienes que rellenar previamente las casillas que te correspondan según tu caso:

- Venta en 2005 con periodo de generación igual o inferior a un año.
- Venta anterior a 2005 con periodo de generación igual o inferior a un año.
- Venta en 2005 con periodo de generación superior a un año.
- Venta anterior a 2005 con periodo de generación superior a un año.

Tu caso será uno de los dos últimos.

Se incluyen importes de venta y compra, así como gastos derivados de las mismas (impuestos, notarías...).

Para las operaciones de 2004, tienes que realizar una declaración complementaria a la de ese ejercicio, no puedes incluirlas en la de 2005.

El importe comprometido a reinvertir es el total de la ganancia.

En el préstamo pendiente se inluye el principal pendiente.

Importe de la adquisición: lo que está escriturado.

Gastos y tributos de la adquisición: todos.

Amortizaciones: principal e intereses.

Todo esto te lo digo un poco de memoria, así que te aconsejo que llames también al teléfono de la agencia tributaria que ellos te indican paso a paso donde meter cada dato y los importes que debes considerar en cada caso.

Un saludo, y suerte!! Que esto de la declaración a veces es como hacer una oposición...
 
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ferverrod
28/05/2006 20:46
Kayda, muchísimas gracias por tu respuesta.

Te agradecería que leyeras la parrafada que sigue por si te parece incorrecto algo, o quieres hacer cualquier comentario a mis preguntas.



Contenido de las casillas de la sección de la sección G3:

Casilla 340 = común
Casilla 341 = 3
Casilla 342 = 1
Casilla 343 = referencia catastral de la vivienda habitual vendida en 2005.

Casilla 344, despliega una ventana con los siguientes datos:
- Importe de la transmisión = Precio cobrado al comprador de mi antigua vivienda.
- Gastos de la transmisión = Yo no pagué nada en el acto de compraventa. Sólo pagué el impuesto de plusvalía del Ayuntamiento de Madrid. ¿Se debe consignar esta cantidad?


Importe reinvertido, a su vez despliega una ventana con:
Importe reinvertido hasta 31-12-2005: Entiendo que se refiere a lo adelantado durante 2005. ¿Puedo incluir lo que adelanté a la inmobiliaria en 2004? Según tu comentario, debo corregir la declaración de 2004.
Importe comprometido a reinvertir después de 2005: aquí quiero poner la cifra exacta para que toda ganancia sea exenta. Entiendo que será el importe de la venta menos lo que me quedaba de hipoteca, menos lo reinvertido en 2005.

Préstamo para la adquisición de la vivienda transmitida pendiente de amortizar = Entiendo que se refiere a la hipoteca pendiente en el momento de vender mi casa. ¿Se incluyen los gastos que me cobró el banco por la cancelación total?

Casilla 345, valor de adquisición, que despliega una ventana con:
- Importe de la adquisición: lo que pagué al vendedor de mi anterior vivienda
- Gastos y tributos de la adquisición = ¿Corresponde a los gastos de notaría, impuesto s de actos jurídicos documentados?
- Amortizaciones: ¿Tengo que poner todo lo que he pagado de hipoteca anualmente (principal + intereses) e incluido en las declaraciones de la renta para desgravarme? Si es así, menos mal que las guardo...

Al final, el objetivo es que salga lo mismo en las casillas 348 y 349 (o sea, ganancia patrimonial no exenta = casilla 350 = 0). ¿Es correcto?

En la sección de deducción por inversión en vivenda habitual, he consignado lo que pagúe de hipoteca de mi anterior vivenda durante 2005, incluyendo la cancelación total al vender la casa. En la casilla 787 se pone la fecha de compra (fue en 1998), pero ¿donde se pone la fecha de la venta, tal y como me indicas en tu mensaje?
 
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Kayda
27/05/2006 11:00
En el programa PADRE hay un apartado de "reinversión en vivienda habitual", es ahí donde tienes q incluir los importes pagados. Ahora mismo no tengo el programa, pero si quieres q te diga la casilla me lo instalo de nuevo.

Para rellenarlo necesitas la fecha de la venta del anterior inmueble y el importe de venta, más el importe reinvertido en 2005.

Por cierto, si no declaraste la reinversión en 2004, puedes hacer una modificación de la declaración de ese ejercicio e incluirla.
 

Fin del hilo
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