Después del retraso de los famosos 6 meses y los otros 3 (aunque técnicamente los 6 meses no son retraso porque creo tener entendido que en el contrato la fecha oficial de entrega viene con dicho retraso), creo que por ley tenemos derecho a indemnización, que normalmente suele ser por ejemplo, el pago del alquiler donde esté uno hasta ese momento o cantidad equivalente para el resto. Yo no quiero retrasos, y los comerciales de Hercesa me han comentado que es posible que se mantengan las fechas originales, sin los 6 meses de retraso, e incluso puede que antes (sí, lo sé, es lo que dicen, pero para qué cojones van a cabrear al personal innecesariamente cuando acaban de obtener una prórroga de 9 meses de gratix???)
SalU2