Hola, no se si habéis leído el foro del sector 11 pero esto mismo ya lo comente hace una semana. Hoy, al igual que Ana, he hablando con un comercial y lo mismo, por requerimientos técnicos no se ha podido hacer este acceso. Bueno pues os informo que he estado hablando con un arquitecto y me ha dicho que efectivamente dependiendo del problema técnico se puede modificar una obra pero no hacer desaparecer una puerta como en este caso, si no se puede hacer donde estaba inicialmente ubicada se hace en otro sitio, mas arriba o incluso pegada a la otra. Creo que por ley un recinto privado tiene que tener un mínimo de dos accesos a la calle y una entrada restringida a servicios de urgencias, QUE TAMPOCO LA HE VISTO. Estoy intentando conseguir una copia de esta ley para darle en las narices a estos de timohercesa. El arquitecto me ha dicho que estamos en nuestro derecho de pedir por escrito las especificaciones técnicas por la cual han decidido no hacer esta puerta, incluso el Ayuntamiento nos puede proporcionar información sobre todo lo concerniente a obra de nuestro bloque. Y por supuesto es un incumplimiento de contrato.