miramadrilenho dijo:lekio dijo:
el IBI de un inmueble lo paga en su totalidad el propietario a día 1 de enero del año en curso. Si has escriturado en el 2007 no lo tienes que pagar
Hombre Lekio, dichosos los ojos. ¿Ya andas por Miramadrid?
Un saludo
Medio ando nada más, ya sabes, el cole que queda lejos.