Turugp dijo:
flyboy dijo:
Debes saber que, la cuenta que mantengas abierta en el banco de tu hipoteca, vinculada exclusivamente al pago de la misma, estará exenta de cualquier tipo de comisión. Este documento (que redacté y subí en su día, -el cual veo que ha podido ayudar a bastantes personas, debido al número de descargas- ya que me afectó en 1ª persona, te podrá servir a ti también.
La circular a la que haces referencia en el documento fue derogada en 2012, La sustituye la circula 5/2012 del 27 de junio.
http://www.boe.es/boe/dias/2012/07/06/pdfs/BOE-A-2012-9058.pdf
A ver si encontráis donde están esos artículos ahora.
Gracias!!
Efectivamente, esa circular, deroga la anterior, y no cita textualmente el párrafo al que nos referíamos, y sobre el cual pivota mi entrada en este hilo:
Comisiones de mantenimiento en cuentas vinculadas a otra operación de activo o pasivo
El Servicio considera que cuando las cuentas se mantienen por imposición de la entidad, o cuando son utilizadas exclusivamente para abonar los íntegros de un depósito, o para dar servicio a un préstamo hipotecario, no corresponde a los clientes soportar ninguna comisión por mantenimiento y/o administración.
Ciertamente, tales situaciones conducen al absurdo de que el cliente pague por cumplir una obligación -apertura de cuenta para facilitar la gestión de la entidad- que ésta le impuso en interés propio, siendo claramente contrario al principio de reciprocidad y a las buenas prácticas y usos bancarios.
Pero si lo puedes encontrar publicado en los: Criterios de buenas practicas bancarias del Servicio de Reclamaciones del BdE (publicado en su web).
Aun así, como bien sabes, las nuevas normas, no afectan a los contratos firmados con anterioridad a su entrada en vigor. En el caso al que nos referimos, que son las cuentas vinculadas al pago de la hipoteca, esa fecha sería la de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, con entrada en vigor el 29 de abril de 2012 donde especifica claramente que: las comisiones percibidas por servicios prestados por las entidades de crédito serán las que se fijen libremente entre dichas entidades y los clientes.
Al mismo tiempo, la circular a la que haces referencia establece expresamente en su norma sexta, apartado 2.5.j, la información precontractual incluida en los creditos hipotecarios, se indicará al menos:
En su caso, los gastos de mantenimiento de una o varias cuentas, si estas fueran necesarias para registrar a la vez las operaciones de pago y de disposición del crédito (salvo que la apertura de la cuenta o cuentas sea facultativa), .......... Cuando la apertura de una o varias cuentas sea obligatoria para el cliente, los gastos de mantenimiento de ellas no podrán ser modificados unilateralmente por la entidad, siempre que la cuenta o cuentas se utilicen exclusivamente para las operaciones de pago o de disposición del crédito.
En resumen:
En los préstamos formalizados con posterioridad a la entrada en vigor de la nueva normativa (29/04/2012), o en aquellos préstamos que hubieran sido objeto de modificación con posterioridad a dicha fecha, se podrá cobrar comisión de mantenimiento de las cuentas vinculadas a los préstamos hipotecarios aunque se utilizaren exclusivamente para la gestión del mismo, siempre que:
1- Se haya informado previamente a los clientes, en el documento de entrega obligatoria previa, acerca de la exigencia -en su caso- de contratar la cuenta vinculada.
2- Que se informe de la parte del coste total que corresponda al mantenimiento de dicha cuenta.
3- Que tanto la contratación como su coste se recoja expresamente en el contrato.
4- Que dicho coste no pueda ser modificado unilateralmente por la entidad a lo largo de la vida del préstamo.
En los préstamos formalizados con anterioridad a la entrada en vigor de dicha normativa y que no hayan sido novados con posterioridad a dicha fecha, deberán regirse por el criterio del Servicio de Reclamaciones del BdE, según el cual, no es posible el cobro de comisiones en las cuentas vinculadas a préstamos hipotecarios, siempre que estás se usen única y exclusivamente para la gestión del préstamo.
Espero haberte sido de ayuda Turugp.