Pues entonces la sanción creo que debió ser cuando estábamos en Fase 1, en ese caso aplica además lo establecido en la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19: https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/01/pdfs/BOE-A-2020-4767.pdf
En el artículo 2 apartado 4: Los paseos se realizarán con una distancia no superior a un kilómetro con respecto al domicilio. Dicha limitación no será aplicable a la práctica no profesional de cualquier deporte individual, estando ésta permitida dentro del municipio donde se reside
Lo del tiempo tb viene recodigo en dicha Orden Ministerial.
Tal y como comenté anteriormente, creo que la policía no tiene que entregarte notificación, pero sí que deben informarte de la apertura de expediente administrativo. Y si, pueden tomarte los datos, otra cosa es que te dijeran que era una advertencia y que la próxima vez te aplicarían sanción, pero me imagino que había orden expresa de sancionar, como en la mayoría de lugares de España.
Tb, como había indicado anteriormente, los plazos administrativos se suspendieron en el Estado de Alarma, y concretamente viene establecido en el Real Decreto Ley 463/2020 de 14 de marzo, y según he leído, los plazos volvieron a computar desde el día 1 de junio: https://www.iberley.es/noticias/comienzan-computarse-plazos-administrativos-suspendidos-estado-alarma-30302
“Con efectos desde el 1 de junio de 2020, se derogará la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, relativa a la suspensión de plazos administrativos. Desde esa misma fecha, el cómputo de los plazos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas”
Entiendo que el plazo comienza a correr desde el día 1 de junio y al ser una falta grave, creo que son 6 meses para su notificación, pero no estoy seguro de ello. desconozco si tienen subcontratado la gestión de este tipo de sanciones con una empresa o si lo hacen con el personal técnico municipal.
De todas formas, si hay algún defecto en el procedimiento un profesional podrá verlo y gestionarlo desde dicha circunstancia.
Igualmente, acude a un profesional porque solo estoy poniendo información y dando una opinión.
Suerte
Editado por josele3c 3/12/2020 20:04