Burak: Veo que con la mejor intención del mundo te está dando su opinión mucha gente. Pues bién, Hacienda te permite que aplique deducción fiscal a efectos de renta por tu cuenta vivienda durante los cuatro ejercicios siguientes a la apertura de la cuenta. Si la vivienda no se entregara dentro de ese plazo, solo tienes que justificar que hubo un retraso en la entrega de dicha vivienda y no pasa nada, pero lo tienes que demostrar, y para ello tienes una carta de Hercesa donde te comunican dicho retraso. Y no pasa nada.
Si tienes mas dudas al respecto envíame un email al
juan@acf-consultores.com, gustosamente te resolveré cualquier duda fiscal que tanto tu como cualquier otro futuro vecino de MM tengais al respecto.
De todas formas tengo una asesoría jurídico y fiscal donde os podemos puntualmente ir despejando las dudas que tengais.
De igual forma, animo a quienes económicamente se vean perjudicados por este retraso en la entrega de sus viviendas, que denuncien, que no lo asuman como que tiene que ser así, sobre todo a quienes por supuesto tengan que pagar unos alquileres. Pongo mi asesoría a vuestra disposición, y si quereis saber algo mas al respecto abrid my web acf-consultores.com