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B
Burak
04/11/2005 10:10

DUDA CUENTA AHORRO VIVIENDA

¿Puedo esperar a la firma de escrituras para entregar el dinero de mi cuenta ahorro vivienda?

1.699 lecturas | 7 respuestas
Querría saber si algún alma caritativa me puede ayudar en asesoramiento fiscal porque yo ando un poco pez en esos temas. Resulta que yo abrí una cuenta ahorro vivienda el 2 de noviembre del 2001 de la cual me he ido desgravando todos los años en renta. Hace un par de días cumplió el plazo de los cuatro años y mi pregunta es si tengo que cancelar ya la cuenta y entregar la cantidad que tengo ahí ahorrada a la promotora ó puedo esperar y entregar esa cantidad el día de la firma de escrituras y cuando me entreguen la casa. En Caja Madrid me han dicho que sí se puede pero no estoy muy segura.

Si alguien pudiera contestarme se lo agradecería mucho.
 
B
Burak
07/11/2005 08:56
Muchísimas gracias a todos por vuestra ayuda. Por si os sirviera de algo, hablé con Hacienda dos ocasiones y en ambas me dijeron que la cuenta cuando cumple los 4 años hay que cancelarla y entregar esa cantidad a la constructora ó promotora así es que así lo he hecho. Por cierto, no son 4 ejercicios fiscales, son 4 años y si esos 4 años equivalen a 5 ejercicios fiscales, como me ocurre a mí, te puedes desgravar de las cantidades ingresadas en esos 5 ejercicios fiscales siempre y cuando no superen por año fiscal los 18.000 euros por matrimonio ó 9.000 por persona si se hace declaración independiente. Una vez que lo entregas a la promotora, aunque la entrega se demore y te lo entreguen al año siguiente no pasa nada porque tú ya has cumplido con Hacienda y puedes demostrar que esa cantidad de la que te has ido desgravando en esos 4 años ó 5 ejercicios fiscales, la has entregado en su totalidad para la compra de la vivienda. En mi caso como sólo me quedan dos letras por pagar, me quitaran esas dos letras y el resto lo que hacen es reducir la hipoteca.

Gracias de nuevo a todos por vuestra ayuda.

 
J
juanete
04/11/2005 21:53
Burak: Veo que con la mejor intención del mundo te está dando su opinión mucha gente. Pues bién, Hacienda te permite que aplique deducción fiscal a efectos de renta por tu cuenta vivienda durante los cuatro ejercicios siguientes a la apertura de la cuenta. Si la vivienda no se entregara dentro de ese plazo, solo tienes que justificar que hubo un retraso en la entrega de dicha vivienda y no pasa nada, pero lo tienes que demostrar, y para ello tienes una carta de Hercesa donde te comunican dicho retraso. Y no pasa nada.
Si tienes mas dudas al respecto envíame un email al juan@acf-consultores.com, gustosamente te resolveré cualquier duda fiscal que tanto tu como cualquier otro futuro vecino de MM tengais al respecto.
De todas formas tengo una asesoría jurídico y fiscal donde os podemos puntualmente ir despejando las dudas que tengais.
De igual forma, animo a quienes económicamente se vean perjudicados por este retraso en la entrega de sus viviendas, que denuncien, que no lo asuman como que tiene que ser así, sobre todo a quienes por supuesto tengan que pagar unos alquileres. Pongo mi asesoría a vuestra disposición, y si quereis saber algo mas al respecto abrid my web acf-consultores.com
 
C
chofeta
04/11/2005 13:12
Puedes pedir una ampliación del plazo a Hacienda. No sé cómo se hace, pero sé que se puede y que si tienes firmado un contrato con una fecha de entrega cercana, te lo suelen conceder, aunque nadie te asegura nada y no sé si tendrías que haberlo solicitado antes de que se cumplieran los 4 años.

Yo creo que lo mejor que puedes hacer es hablar con Hacienda, que son los que luego te pueden reclamar.
 
A
artpr
04/11/2005 12:33
Pues según tengo yo entendido, lo de los 4 años son 4 ejercicios fiscales, con lo que no pasa nada por pasarse de tiempo, simpre que sea dentro del mismo año fiscal.

De todas formas, si ya has ido haciendo pagos a Hercesa (señal de 250kpts, pago del contrato, pagos mensuales...) seguro que ya has pasado de 4Mpts, con lo que tampoco veo el problema.

Aún así yo me informaría bien con una fuente más fiable que un banco o un foro.
 
wally
wally
04/11/2005 12:14
Hola Burak,

si en tu contrato con hercesa (o con la que sea) tienes como feca de entrega octubre de 2005, es muy posible que te libres de devolver las cantidades deducidas..... pero si esa fecha es posterior a noviembre, creo que lo tienes bastante jodido.

Según hacienda desde que abres al cuenta de ahorro vivienda, tienes cuatro años para la ADQUISICION de la vivienda. Y se entiende como adquisición la escrituración y todo el rollo ese.

Si eres de entrega de octubre, te recomiendo que hables con tu gestor o con hacienda (no te fies de lo que te digan los bancos!).

A mi me cumple en diciembre del año que viene y mi entrega es octubre de 2006 ; y este año pregunté en mi gestoría que pasaría si la adquisición de la vivienda se produjera despues de diciembre por retrasos.... y me dijo que si se produjera eso, tendría que ir a hercesa y pedirles algún certificado o no se que.
Por eso te digo que te enteres bien, porque sino te va a tocar devolver.

Un saludo y suerte.
Ya nos contaras que pasa con el tema.
 
Kris2006
Kris2006
04/11/2005 11:54
Verás, la diferencia de una cuenta normal a una cuenta vivienda, es que en la hoja correspondiente a DATOS ECONÓMICOS,casilla "Cuenta Vivienda" de tu declaración de la renta pones los dígitos de esa cuenta "normal" y al declararla se convierte en C.V. una vez comprada la vivienda dejarás de completar esa casilla y en su lugar completarás otra llamada "Adquisición o rehabilitación de Vivienda Habitual" y a partir de ese momento pondrás ahí las cantidades pagadas de la Hipoteca, esa cuenta que antes era CV como has dejado de declararla como tal, ahora pasa a ser una cuenta corriente o de ahorro normal, en mi caso es de Patagon y como me interesa el porcentaje que me dan al mes de intereses, cuando llegue Diciembre (se me acaban los 4 años) la usaré como cuenta de ahorro, no hace falta cerrarla.

No se si me explico, pero vamos en tu caso o el mío propio podrás poner las cantidades ingresadas durante este 2005 y declararlas, si nos dieran la casa ponte en Julio del 2006, en la declaración del 2006 no podrías poner lo ingresado durante ese año, pondríamos solamente las cantidades pagadas a Hercesa por compra de inmueble, como puede ser la Hipoteca (aunque se empiece a pagar en Julio).

Espero haberte ayudado !!
 
startrek
startrek
04/11/2005 11:47
Me parece que si ya se ha cumplido el plazo tienes un problema.
Esas cuentas ofrecen ventajas fiscales si te comprometes a comprar una vivienda en el plazo de 4 años. Si no es así, tienes que devolver todas las deducciones de las que hayas beneficiado en esos 4 años.
En mi opinión, no hagas mucho caso de lo que te ha dicho CajaMadrid. Es posible que Hacienda pueda hacer un poco la vista gorda si, por ejemplo caduca hoy la cuenta, y compras
dentro de una semana..pero si no es ese el caso no se no se.

Habla con Hercesa..quizas ellos te puedan asesorar un poo, aunque supongo que su postura sera "dame el dinero y ya veremos".
 

Fin del hilo
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