Este párrafo del contrato ¿no dice claramente que Hercesa nos dará una hipoteca para facilitar el pago?, ¿no dice que ampliará o cancelará y constituirá una nueva?...
“Así mismo, respecto a la carga financiera indicada, se hace constar que al objeto de facilitar al comprador el pago del precio de la presente compraventa, la referida hipoteca será ampliada o cancelada y constituida una nueva, por las sociedad vendedora, a su cargo, de manera que la vivienda objeto de este contrato resulte gravada por el principal que luego se recoge en el apartado correspondiente de la estipulación segunda.”
Pág. 3 del contrato.
Respecto a lo de pagar el IVA antes, aquí lo pone bien clarito.
“En el acto de otorgamiento de la correspondiente Escritura Pública de compraventa la parte compradora abonará la cantidad establecida legalmente en concepto de I.V.A. sobre el principal del Préstamo Hipotecario.”
Pág. 8 del contrato.
¿no saben leer los de Hercesa o se les ha olvidado?