Volver al foro
D
DCQ
26/01/2006 18:25

HERCESA CONTESTA GRUPO CAIXA DCQ

¿Cómo cambiar nuestra hipoteca Caixa por un préstamo con Hercesa?

6.765 lecturas | 22 respuestas
Buenas tardes a todos,
esta mañana hemos obtenido una respuesta en firme de Hercesa, sobre la hipoteca Caixa.
Para no estenderme mucho, os comunico lo que esta mañana nos han trasladado.
Existe una clausula en nuestros futuros contratos con la Caixa, que nos da la posibilidad de cambiar si lo deseamos, nuestros créditos por prestamos.
La clausula en cuestión se llama REVOLVING (creo que se escribe así).
La renuncia expresa por ambas partes de esta cláusula nos posibilita hacer ese cambio.
La caixa nos ha trasladado su conformidad en este estremo.
Para formalizar este cambio en nuestros contratos, debemos previamente notificarlo a la caixa, pasar por un notario y posteriormente ir al registro de Torrejón para que quede constancia del cambio en nuestras escrituras.
Obviamente en todo este proceso, debemos estar acompañados de un representante de la caixa.
Supongo que en vuestras cabezas rondan al menos tres preguntas, cuando podemos hacerlo, que coste tiene gestionar el cambio en nuestros contratos, y sobre todo, quien se hará cargo de asumir ese coste.
Por partes,
-el cambio lo podemos hacer de forma inmediata, es decir a partir de ya. Al parecer la caixa ya tiene el documento que refleja esta posibilidad.
En este punto hago un inciso, Hercesa quiere que previamente les avisemos a ellos de esta solicitud de modificación en nuestras hipotecas.
No se para que, pero me lo han sugerido.
-el coste son aproximadamente 120 euros, que corresponden a los gastos de notaria y registro
-el coste debemos asumirlo nosotros.

El próximo domingo comentaremos todo el proceso, y que opinión nos merece lo hasta ahora conseguido.

Un saludo para todos.
DCQ
 
toby
toby
07/02/2006 19:18
En la página de la asociación también tienes información sobre hipotecas ;
http://www.avmiramadrid.com/hipotecas.html
 
ST02XX
ST02XX
07/02/2006 14:36
Buenas, no se si has leido este doc,
http://www.nuevosvecinos.com/bMiramadrid/descargas/Estudio%20hipotecas_publicar%20Version%202.zip
En el tienes las cuentas hechas para algunos bancos y un crédito de un M5. Espero que te sirva de ayuda.

Saludos,
 
O
OTO
07/02/2006 12:17
Hola a todos.

Sólo decir que somos de 2ª fase sector 2 UH3 y nos dijeron hace poco que nos llamarían para marzo (la fecha de entrega prevista prorrogada 3 meses acababa el 31 de enero).

Tenemos inicialmente la hipoteca con La Caixa, claro.

Soy cliente de Caja Madrid desde hace tiempo (aunque no quiere decir nada, somos un p número) y nos dicen que no nos queda otra que cancelar ahora. También nos dicen que cabe la posibilidad de reclamarles a Hercesa ciertas cantidades.

La verdad es que, aunque sé que la entrega volverá a retrasarse (¿el día de la marmota?), estoy casi por preparar papeles, etc, que sé que lleva su tiempo. Por cierto, el Sr. Alcoba (Hercesa) también nos ha dicho que, de cancelar, es mejor hacerlo ahora.

Lo dicho, el domingo acudiremos a la reunión con algunos números medianamente ciertos de Caja Madrid, aparentemente con mejores condiciones que La Caixa, para comparar. Además tenemos un buen puñado de preguntas.

Un saludo a todos.
 
C
canasa
06/02/2006 11:06
Buenos días, ya van dos más, acabo de enviaros mis datos y los de mi hermano, ambos estamos con la Caixa.
Gracias por todo.
 
chorbis
chorbis
05/02/2006 23:26
Sobre lo comentado esta mañana en la reunión, he encontrado la respuesta oficial dada en su momento por el Ministerio de Economía y Hacienda a través de una resolución.

Digan lo que digan Hercesa, La Caixa o el registrador la realidad es que aunque pueda hacerse la subrogación de un crédito hipotecario, la operación estará sujeta al pago de impuestos, por lo que su coste será similar al de una cancelación:

"NO resultan de aplicación los beneficios de la Ley 2/1994 a las cuentas de crédito con garantía hipotecaria."

http://petete.minhac.es/Scripts/know3.exe/tributos/consulta/texto.htm?NDoc=13263&Consulta=%2EEN+CUESTION%2DPLANTEADA+%28cuentas+de+cr%E9dito%29&Pos=1&UD=1
 
ST02XX
ST02XX
30/01/2006 13:57
Buenas,
En el documento (http://www.nuevosvecinos.com/bMiramadrid/descargas/Estudio%20hipotecas_publicar%20Version%202.zip) queda claro que el crédito de la Caixa se puede subrogar PERO solo a entidades que tengan productos similares. Como hay poca competencia, el crédito no tiene condiciones competitivas.
Si por el otro lado lo que plantea Hercesa es retirar la clausula que hace que el producto sea algo mejor respecto a un préstamo, ¿que obtienes?: un crédito que no vas a poder subrogar con las mismas características que un préstamo. Si es así, creo que cada vez es mas fácil tomar una decisión. Yo lo tendría mas que claro...

Saludos,
 
A
artpr
30/01/2006 09:59
A mí esta solución que plantean me parece una auténtica chapuza. Lo que pretenden es que paguemos nosotros una metedura de pata suya y que renunciemos a la única ventaja que podría tener el crédito hipotecario sin que éste deje de ser un crédito, porque al final seguiremos sin tener un préstamo hipotecario.

Me parece una patraña más de Hercesa. Y eso que cuentan de que un crédito hipotecario es un tipo de préstamo hipotecario que se lo cuenten a otro. Esto me suena igual que aquello que me dijeron de que la memoeria de calidades es un papel meramente informativo y que no es vinculante. Mentiras, mentiras y más mentiras.

Vergonzoso.
 
M
miramadrid2012
30/01/2006 09:35
Chorbis, si el cambio consiste en eliminar el conjunto de condiciones de la cláusula REVOLVING, para intentar dejarla lo mas parecido en su funcionamiento a un préstamo hipotecario , pero sigue siendo un crédito hipotecario. Tengo mis serias dudas de que como bien dices, aunque se pueda admitir la subrogación por algún registrador, este acto se beneficie de la ley 2/94 y esté exento del I.T.P.y A.J.D. Añado otra consulta del mismo sitio.

http://www.notariado.org/preg_frec/consultorio/?go=show&id=26

Otra cosa sería que se modificase el término de crédito hipotecario por el de préstamo hipotecario, amén por su puesto de las condiciones y cláusulas que le hacen ser un crédito a la hipoteca abierta de la Caixa. Pero eso no creo que vaya a ser así, porque para ello habría que hacer una cancelación del crédito y una apertura de un préstamo hipotecario.

Por otro lado la solución planteada por Hercesa es que nosotros paguemos por arreglar lo que ellos han hecho mal, con lo que no estoy de acuerdo, para subrogarnos a la Caixa.
Esa modificación parece que puede realizarse YA, a petición de cada afectado que lo solicite, pero QUIEN nos asegura en documento firmado de su puño y letra que con este cambio en lo contratado entre HERCESA y LA CAIXA hace subrogable el producto y que por tanto se beneficie de las exenciones fiscales de la ley 2/1994 de 30 de marzo. ¿Tal vez el Registrador y el Notario donde Hercesa y la Caixa efectúen dicha modificación?.

La solución es tener un PRESTAMO HIPOTECARIO EN TODA REGLA. Tal como figura en nuestro contrato con Hercesa.

Un saludo.
 
chorbis
chorbis
29/01/2006 00:55
Y aunque como he dicho en el post anterior sí puede llevarse a cabo una subrogación de CRÉDITO hipotecario e inscribirse en el Registro, no está nada claro el que pueda beneficiarse de la exención del impuesto de Actos Jurídicos documentados, por lo que al final los gastos equivaldrían a los de cancelación y posterior apertura. Transcribo respuesta sacada de la página web de los Notarios:

"Pregunta acerca de: Diferencias entre préstamo y crédito hipotecarios. Posibilidad de subrogación

Les felicito por el buen servicio que dan al ciudadano a través de esta página.
Mi caso es que pretendo subrogar una hipoteca que tengo con CAIXA CATALUNYA. Me encuentro con la sorpresa de que me dicen que no hay posibilidad legal de hacer esta subrogación, porque se trata, me dicen, de una modalidad distinta de hipoteca. En concreto me diferencian entre PRÉSTAMO HIPOTECARIO y CRÉDITO CON GARANTIA HIPOTECARIA.
En la escritura figura el tipo de hipoteca como crédito total . Es un tipo de préstamo que permite realizar disposiciones adicionales a la realizada para la compra de la vivienda.
Es una hipoteca que tiene una duración de 30 años.
La pregunta es, si la garantía del pago del préstamo se asegura mediante una escritura hipotecaria, y el periodo de amortización es de 30 años,¿porqué no puedo subrogar esta hipoteca con otra entidad ? Es cierta esa imposibilidad legal, o sólo es una excusa que pretende disuadirme de hacer la operación de subrogación con otra entidad bancaria que me resulte más favorable?
El motivo de pretender hacer la subrogación es pasar de tipo variable a tipo fijo, dado el continuado incremento en los tipos de interés.
Muchas gracias por su tiempo y dedicación

Respuesta:

Estimado Jorge: Es una cuestión dudosa sobre la que no existe completo acuerdo a fecha de hoy, tanto desde el punto de vista civil como tributario. Por una parte, la Ley 2/94 prevé la subrogación y novación exclusivamente respecto de los préstamos hipotecarios, que técnicamente hablando son diferentes de los créditos hipotecarios. Por otro lado, los organismos correspondientes de Hacienda ya declararon en su momento que no se aplican a estos supuestos los beneficios fiscales previstos en la Ley 2/94. Con esta idea general, le recomendamos que acuda a su Notario para que le haga un cálculo del coste total aproximado. Confiamos en haberle sido de utilidad. Gracias por su consulta. "

http://www.notariado.org/preg_frec/consultorio/?go=show&id=395
 
chorbis
chorbis
29/01/2006 00:17
Os copio un enlace sobre una resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado favorable a la inscripción registral de una subrogación de un crédito hipotecario:

http://www.ahe.es/web_CONSUMIDORES/legislacion/resoluci%F3n%2018junio.pdf

De la Resolución se deduce que sí puede realizarse una subrogación de un crédito, que el poder hacerlo es independiente de que exista o no la famosa cláusula de revolving argumentada por Hercesa y que la dificultad principal ES Y VA A SEGUIR SIENDO ENCONTRAR UNA ENTIDAD BANCARIA QUE ACCEDA A INICIAR LOS TRÁMITES PARA LA SUBROGACIÓN DEL CRÉDITO HIPOTECARIO DE LA CAIXA el día que se desee mejorar sus condiciones.
 
ST02XX
ST02XX
27/01/2006 19:30
Buenas,
Por lo que he deducido, a nuestros compañeros no les pidieron ni un duro por la "no subrogación", es decir que la promotora corrió con los gastos de cancelación del crédito de La Caixa, tal como debe ser. Vamos a ver por donde sale Hercesa.

Saludos,
 
ST02XX
ST02XX
27/01/2006 14:52
Buenas,

Parece ser que los compañeros de parquecentral han tenido experiencias con la Caixa,
http://www.nuevosvecinos.com/parquecentral/mensaje.asp?id=174302
he puesto un mensaje en su foro para ver si nos pueden decir como les fué.
http://www.nuevosvecinos.com/parquecentral/mensaje.asp?id=737138
A ver que nos cuentan.

Saludos,

 
M
miramadrid2012
27/01/2006 14:29
Personalmente pienso que como quien esta incumpliendo el contrato de compra-venta es Hercesa, son ellos quien deberian correr con los gastos ya sean notariales y registrales que suponga modificar lo que han contratado con La Caixa, para que esa hipoteca sea identica a un prestamo hipotecario y por tanto subrogable.
De no ser así, cancelaría y abriría una nueva, lo llevaría a los tribunales y seguramente les saldría mas bastante mas caro.
El domingo estaré allí a las 11 h.

Un saludo.
 
A
abuelo
27/01/2006 13:07
Yo solo os digo una cosa que me han dicho en otros bancos ¿tu no has firmado nada con la caixa? y yo no pienso firmar nada con la caixa.
Si te lo preguntan es por algo, digo yo
 
Y
Yaho
27/01/2006 12:48
LO IMPORTANTE E INTERESANTE QUE POR LO MENOS HEMOS CONSEGUIDO ALGO.

AHORA BIEN, EL DOMINGO LO VALORAMOS TODO. Y SI HAY TOMAR UNA DIRECCION TODOS JUNTOS MEJOR UNIDOS
DOMINGO 29
11HORAS
PUERTA DEL CEMENTERIO
SALUDOS Y ASISTIR.
 
ushuaia
ushuaia
27/01/2006 12:01
Como ya he comentado en otras ocasiones, nosotros también hemos decidido cancelar con La Caixa y luego (mas tranquilamente) iniciaremos un proceso legal para reclamar nuestros gastos.
Mi modesta opinión es que HERCESA está tratando de embaucarnos con términos desconocidos para el común de los mortales y engañándonos una vez más con el único objetivo de "marear la perdiz".
No creo en la idea que tenéis algunos de que La Caixa le metió un gol a HERCESA y por eso ahora nosotros tenemos que pagar. HERCESA SABÍA PERFECTAMENTE que es lo que estaba firmando por nosotros y seguramente (aunque no lo pueda demostrar) se trata de un acuerdo totalmente consensuado por ambas partes.
Tampoco creo que esa cláusula del REVOLVING aparezca ahora como por arte de mágia para salvarnos a todos y que como dice chorbis hasta hace unos días no fuera mencionada por ninguna de las entidades bancarias presentes en España como alternativa para poder librarnos de La Caixa.
Creo que el REVOLVING es EXACTAMENTE lo que se deduce del artículo que chorbis ha colgado tan amablemente.
Insisto, mi opinión es que HERCESA y La Caixa están tratando de confundirnos y que si consiguen engañarnos para que firmemos luego no habrá manera de deshacer el entuerto.
En cuanto a los que pensáis que La Caixa prefiere no perder clientes a ganar unos cuantos de mala manera, solo volveré a mencionar al director de la sucursal de Paracuellos cuando me dijo mirando a un montón de carpetas de HERCESA: "Sabemos que vamos a perder algunas operaciones pero estamos dispuestos a asumirlo" amén.
Por último decir que mis impresiones no pretenden desanimar a nadie para que asista a las reuniones o busque la fórmula que crea más adecuada para defender sus intereses, es simplemente mi opinión.
Un saludo.
 
N
Nacho328
27/01/2006 11:09

Gracias por todo,

Habra que mirarlo con mas calma.

Intentaremos estar el domingo por todos los medios pero nos ha surgido un compromiso del que no se si nos podremos escapar.

Nacho
 
ST02XX
ST02XX
27/01/2006 10:37
Buenas,
Me da la impresión, (y ojo: no es mas que eso, intuición) de que esto no va a ser la solución a este asunto. ¿Por qué?. Pues porque:
- No lo dan po escrito
- No veo nada claro que puedan hacer la permuta de denominación crédito/préstamo
- No dicen cuanto va a costar
- Encima pretenden hacer que asumamos nosotros el coste

Respecto a la "globalidad del término prestamo", los contratos están para poner las cosas claras y concisas. Si un préstamo no es lo mismo que un crédito, no se puede pretender que por préstamo se entienda crédito. No pueden pretender que el contenido el contrato diga lo que ellos quieren (aunque parece ser que si nos quieren hacer ver que esto es así). Creo que este punto lo tienen perdido y no tienen otra cosa que decir.

En fin, solo haceros reflexionar sobre una cosa: Hercesa tiene que perder los gastos de cancelación registral y La Caixa un cliente y una hipoteca. Multiplicado por el número de clientes esto supone un pico, asi que deben mojarse algo mas y ofrecer algo mas también. Bajo mi punto de vista, deben dar esto por escrito, cumplirlo y correr ellos con todos los gastos. Ellos han metido la pata y no nos pueden obligar a subrogarnos a ese producto. Asi que les corresponde a ellos correr con los gastos.

Como no lo vemos nada claro y me entregan ya mismo la vivienda, hemos decidido cancelar. Si, como nosotros, no lo veis nada claro y no pagan ellos, yo haría lo mismo. Tened en cuanta que NO NOS HACEN NINGUN FAVOR, simplemente nos dejan en las mismas condiciones que a los demas compradores que tienen la hipoteca con otra entidad. Además no se mojan y quieren cobrarnos por hacerlo. Simplemente me parece inaceptable.

Saludos,



 
D
DCQ
27/01/2006 09:08
Lo mas sensato es conseguir un contrato completo de la caixa, y mirar en que condiciones se estipula la clausula revolving.
Chorbis, no des por sentado que la gente que trabaja en banca debe conocer la existencia de esta clausula, y mucho menos que sepan de que forma puede alterar o no el producto final.
Si la clausula surte el efecto legal que pretende, a mi no me cabe duda, el que quiera podrá sentarse a negociar con otras entidades.
Se ha pedido por escrito, pero en Hercesa me dicen que no es posible. Lo entiendo, porque afecta a un contrato privado entre entidad-cliente.
Por otra parte, en Hercesa se cree en la legalidad de su contrato, y se basan para ello en la globalidad del término prestamo.
Me explico, para su departamento jurídico, un crédito, no deja de ser una modalidad de préstamo.
En cualquier caso, es un acercamiento que debe valorarse en su justa medida.
Queda mucho por hablar, y poco tiempo para hablarlo.
Supongo que el domingo, podremos saber algo mas y decidiremos los próximos pasos a seguir.
Un saludo a todos y no faltéis!!!

DCQ
 
chorbis
chorbis
26/01/2006 21:21
http://www.mundogar.com/ideas/reportaje.asp?ID=14700&MEN_ID=40
 
chorbis
chorbis
26/01/2006 21:18
Gracias DCQ

Personalmente no me convence para nada la respuesta y menos si no lo tengo por escrito. El revolving es la posibilidad de volver a solicitar parte del capital amortizado para, por ejemplo, poder comprarte un coche.

Pero mientras la denominación del producto siga siendo CRÉDITO hipotecario seguiremos teniendo problemas en subrogarnos a otra entidad, exista o no la cláusula de revolving.

A nadie de los que han preguntado en otras entidades bancarias les han dicho "ah, vienes de la Caixa, pues comprueba si tienes o no la cláusula de revolving". La respuesta ha sido siempre "con la hipoteca Abierta no te puedes subrogar".

De todas formas vamos a conseguir información de aquí al domingo para ver cuáles son todas las posibilidades.
 
D
DCQ
26/01/2006 18:29
Perdonad casi lo olvido, este cambio debe quedar reflejado el día que vayamos a escriturar.

DCQ
 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento