¡«STOP» A LAS CLÁUSULAS ABUSIVAS!
¿Qué cláusulas abusivas pueden presentar los contratos de compraventa de viviendas?
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¡«STOP» A LAS CLÁUSULAS ABUSIVAS!
Los contratos de compraventa de viviendas pueden presentar cláusulas abusivas. Por eso, deberá ser cauto y no firmar nada que no tenga claro. Los contratos deberán estar redactados con claridad y sencillez y no deberán hacer referencia a textos o documentos que no se faciliten simultáneamente a la firma del mismo.
Una de las cláusulas abusivas más frecuentes es la que impone al comprador la obligación de abonar gastos de preparación de titulación que, por su propia naturaleza, correspondan al vendedor. La imposición al comprador de los gastos de cancelación de la hipoteca que grave la vivienda y que fue constituida como garantía de un préstamo solicitado por el promotor para financiar la construcción, se da con frecuencia.
Se consideran igualmente abusivas, aquellas cláusulas en las que el profesional se reserva un plazo insuficientemente determinado para satisfacer la obligación debida. Así, la fecha de entrega de llaves deberá establecerse en un plazo que señale, al menos, mes y año.
Asimismo, en el contrato no deberán aparecer cláusulas que concedan al promotor la facultad de modificar las condiciones, distribución y materiales de la vivienda recogidos en la memoria de calidades y en el proyecto de ejecución.
También se consideran abusivos los puntos que favorezcan en su redacción a la persona o entidad que presenta el contrato. Debe haber un equilibrio entre las penalizaciones que se llevarán a cabo en caso de incumplimiento del documento. En el caso de CPV, en algunos contratos se dice que el adquiriente perderá el 50% en caso de rescisión del pacto, pero nada ponen en caso de que el incumplimiento sea por parte de la promotora.
No podrán incluirse cláusulas que no reflejen con claridad u omitan los casos de pagos diferidos, cantidades aplazadas, tipos de interés sobre saldos pendientes o de cualquier otro tipo que faculten al vendedor a incrementar el precio de la casa. Tampoco las que impongan incremento del precio por servicios, accesorios, recargos...