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E
eowin
07/02/2007 10:31

AYUDA COMPRA VIVIENDA NUEVA!!

¿Cómo debo proceder para comprar una casa antes de que la persona escriture y qué impuestos debo pagar?

1.880 lecturas | 2 respuestas
Hola a tod@s. Estoy desesperada con el tema de una compra, no sé cómo hay que hacerlo y cada persona me dice cosas diferentes. Os comento: voy a comprarle la casa a una persona antes de que esta persona escriture. Él me dice que debe pagar a Hacienda un 18% de impuestos por la cesión de derechos de compra, pero que la plusvalía la tengo que pagar yo. He oído algo de la anulación de la plusvalía, pero no me aclaro del todo. ¿Alguien me podría ayudar, por favor?
Muchas gracias.
 
M
marcris
07/02/2007 22:36
eowin, creo que tienes un pequeño lío.
No viene al caso por qué, pero llevo unos 7 años dedicándome al tema.
1.-Efectivamente, como dice migueln, debes comprobar qué te están vendiendo. Ponte en contacto con la promotora-constructora, ya que si no viene nada en el contrato, ellos deben dar el visto bueno a la transmisión de los derechos de compra. De paso, verificas que la persona que te lo está vendiendo es efectivamente la beneficiaria de los derechos (te sorprendería saber la cantidad de fraudes que aún hoy en ida se producen por no comprobar la "titularidad" del transmitente.
2.- Habitualmente se denomina "plusvalía" a dos conceptos diferentes: quien vende una vivienda tiene una "ganancia patrimonial" que debe declarar en su declaración de la renta anual (I.R.P.F.) A partir de este año, las ganancias patrimoniales tributan al tipo impositivo único del 18%. DEBE PAGARLO SIEMPRE, SIEMPRE, EL VENDEDOR, en su declaración de renta. La otra "plusvalía" es la llamada municipal (Impuesto spor el incremento de valor de los inmuebles o terrenos). Puesto que no hay vivienda contruída, sólo se pagaría este impuesto por el incremento de valor del terreno. A partir de una nueva ley de 26??? de diciembre de 2006, de defensa del consumidor, EL PAGO DE LA PLUSVALIA MUNICIPAL CORRE A CARGO UNICAMENTE, Y SIN EXCEPCION, DEL VENDEDOR DE LA VIVIENDA. (hay un período de tiempo "especial" para los contratos que fueron formalizados antes de la nueva, pero creo que no es tu caso) En Madrid, era habitual pactar en el contrato de reserva o señal de la compra de la vivienda, que el comprador pagara todos los gastos, incluído el de plusvalía municial. AHORA ESTA EXPRESAMENTE PROHIBIDO POR ESTA NUEVA NORMATIVA.
POR TODO LO ANTERIOR, NO DEBES PAGAR NINGUN TIPO DE "PLUSVALIA", ya que todas le corresponden al vendedor.
No te asustes con este tema, ya que es habitual que para "darte" pena, los inversores te informen de "todo lo que tienen que pagar" para justificar el precio del piso que te están ofreciendo, y para pedirte lo que se llama "dinero negro", es decir, no queda reflejado en nigún documento. No te aconsejo este tipo de operación, ya que tu único justificante de la compra de los derechos es lo que certificas que le pagas.
Bueno, perdona por el rollo. Si necesitas mayor aclaración, no hay problema.
Tú pregunta, que yo contestaré.
 
M
Migueln
07/02/2007 12:15
Hola,

Antes de nada, esta pregunta quizás deberías hacerla en alguno de los foros generales que existen en esta página y para estos temas. Quizás haya allí personas más expertas que te den una respuesta mejor.

En tu cuestión parece que faltan datos, pero lo primero que haría sería asegurarme que la transmisión de esos derechos es posible, ya que en el contrato de compraventa muchas veces se especifica que es posible. Y, ojo, que no compras un piso, sino unos derechos de compra. Yo que tu consultaría con la promotora que está haciendo el piso.

Además en este caso no hay plusvalía como tal, ya que no hay todavía una vivienda que haya aumentado su valor.

Un saludo
 

Fin del hilo
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