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M
mela
18/04/2007 21:46

devolucion dinero por venta locales

2.975 lecturas | 8 respuestas
¿Alguien me pude decir como debemos declarar en la declaracion de la Renta.,el dinero recibido por la venta de unos locales?.
Yo en mi caso el dinero recibido lo he reducido de mi hipoteca., ¿con esto bastaria?
saludos y gracias
 
M
marcris
19/04/2007 22:02
FEROBE dijo:

"ROXU", El préstamo del garaje también te lopuedes deducir en la declaración de la renta, siempre que este sea inherente (misma escritura) y hasta un máximo de 2 plazas.

Un saludo.



RATIFICO. SEGURO.
 
M
marcris
19/04/2007 22:01
MELA dijo:

Veamos los locales fueron cedidos por la cooperativa a los coopertivistas disolvendiose esta.La cooperativa llevaba creada 5 años funcionando cuando se disolvió.He recibido 2500 euros.,¿marcris como lo hacemos? y si no lo declaro que pasa.


A ver, lo primero hay que hacer las siguientes cuentas:

1.- Precio de adjudicación de los locales a los cooperativistas. Esta información te la dan los gestores de la cooperativa. Si no la sabes, debes llamarles.
2.- Preci de venta de los lcoales. También te la suelen dar, sobre todo a través de la comunidad de propietarios, ya que los locales suelen adjudicarse al conjunto de propietarios, de los que tu tienes un porcentaje.

Tanto al precio de compra como al de venta debes sumar los gastos. Por ejemplo, en la adjudicación, el IVA que habrá pagado la cooperativa. En la venta, los gastos si los habéis tenido.

Después al precio de venta (más sus gastos) le restas el precio de adjudicación (más sus gastos). Y así tienes la ganancia patrimonial.
Salvo que te ocurra como en mi cooperativa, en que hemos tenido PERDIDA patrimonial...

Respecto a tu pregunta sobre no tributar, debes hacerlo ; Hacienda somos todos, ¿cómo se va a construir los parques, servicios públicos, y todos los servi....bla....sociales....blablabla......de los que todos disfrut .....bla,.......bla....

Je,je,je.
 
roxu
roxu
19/04/2007 18:23
Gracias Ferobe, muy amable.
 
F
ferobe
19/04/2007 18:09
"ROXU", El préstamo del garaje también te lopuedes deducir en la declaración de la renta, siempre que este sea inherente (misma escritura) y hasta un máximo de 2 plazas.

Un saludo.
 
M
mela
18/04/2007 23:09
Veamos los locales fueron cedidos por la cooperativa a los coopertivistas disolvendiose esta.La cooperativa llevaba creada 5 años funcionando cuando se disolvió.He recibido 2500 euros.,¿marcris como lo hacemos? y si no lo declaro que pasa.
 
roxu
roxu
18/04/2007 22:36
Pregunta: en mi caso (supongo que habra muchos parecidos)tengo dos hipotecas una de la vivienda y otra del garaje. En el borrador que manda hacienda y en la documentacion fiscal que me remite el banco solo me reflejan y me desgraban por la hipoteca sobre la vivienda. ¿se puede desgrabar tambien la aportación por el garaje?. Este figura en la misma escritura de la vivienda y era "obligatorio" comprarlo.
¡Ulgún experto, porfi!!!

Gracias
 
M
marcris
18/04/2007 22:08
[quote=marcris> Pero el importe máximo del que te puedes deducir es 9.000eur por declaración de renta. (Si sois matrimonio, y obtenéis ingresos los dos, pues 18.000eur)


No sé si ha quedado claro. Quiere decir que si tu has pagado hipoteca por importe de 30.000eur, Hacienda sólo te devolverá el 15% de 9.000eur
 
M
marcris
18/04/2007 22:05
Si has vendido en el año 2006,

1.- La venta del local genera una ganancia o perdida patrimonial. Debes distinguir si los locales han estado en tu patrimonio más de un año, porque en la renta del 06 hay esa distinción:
a) Menos de un año, tributarás por la ganancia al mismo tipo impositivo que pagas por tus ingresos de trabajo, profesionales, etc... La media en España es un 24%
b) Mas de un año: Pagarás un 15% de la ganancia.

2.- El dinero que has destinado al pago de la hipoteca (Y siempre que la hipoteca sea para compra de tu vivienda habitual), podrás deducir, en general, un 15% o más. (hay % mejores si cumples una serie de circunstancias) Pero el importe máximo del que te puedes deducir es 9.000eur por declaración de renta. (Si sois matrimonio, y obtenéis ingresos los dos, pues 18.000eur)


Si la venta de los locales y pago de la hipoteca es en el 2007, pues pagarás por la ganancia un 18%, y te deducirás por la hipoteca en un 15%. En el ejercicio 07 no tienen importancia los detalles.



Y para saber cuál es la ganancia en sí, debes restar al precio de venta más sus gastos inherentes, el precio de compra más sus gastos inherentes.

Espero no haberte liado mucho. Hay muchos más detalles pero me extendería demasíado.
 

Fin del hilo
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