Según el visualizador urbanistico de la Gerencia de Urbanismo:
- la parcela 23.1: pertenece 100% al ayuntamiento, tiene 4450 m2 y su uso cualificado será dotacional social.
- la parcela 23.3: pertenece 100% al ayuntamiento, tiene 4450 m2, una edificabilidad de 14000 m2 y su uso cualificado será terciario exclusivo.
- la parcela 28.1: pertenece 100 % al ayuntamiento, tiene 4430 m2, una edificabilidad de 14000 m2 y su uso cualificado será terciario exclusivo.
- la parcela 28.3: pertenece 100% al ayuntamiento, tiene 4430 m2, y su uso cualificado será dotacional social.
El uso concreto para el que se destinen las parcelas de uso dotacional social, de momento lo desconozco.
Espero haberte ayudado.
Saludos.