Si has firmado en el contrato que asumes el IBI, tendrás que pagarlo, al margen de si es justo o no, ya que es legal pactar qué parte lo paga (propietario o inquilino).
Si el recibo no viene a tu nombre, lo pagará el propietario y te lo repercutirá, por lo que te interesa animarlo a que solicite inmediatamente la bonificación.
Si viene a tu nombre (raro, porque se supone que debería ir a nombre del propietario y tú no eres), pásate por el ayuntamiento con copia de las escrituras de la VPO y la solicitas en el acto.
En la ordenanza fiscal de 2008 no se menciona la bonificación por VPO:
http://www.ayuntamientoparla.es/files/2087-651-Fichero/IBI%202008.doc Recoge bonificaciones a familias numerosas y otras, pero no las de VPO (que en anteriores ordenanzas sí figuraban).
Este problema de visibilidad es el que yo cambiaría.
Es sólo mi opinión personal, pero creo que igual que Catastro te bonifica automáticamente, los ayuntamientos deberían informar a los propietarios de VPO o aplicar la bonificación automáticamente en el recibo, ya que no es como otros impuestos que tienes que informar y solicitar, sino que ellos saben perfectamente que han concedido una cédula de habitabilidad para una promoción de VPO que se ha dado de alta.
Si no te enteras, o te enteras tarde, puedes acabar pagando sin bonificación, cosa que casi me pasó a mí. Aunque se supone que mi cooperativa me lo comunicó, no me enteré bien en ese momento y vivía en la ignorancia.
Cuando el ayuntamiento detecta que tienes una vivienda con garaje, automáticamente te pasa el recibo de vados sin tú solicitarlo. Igual deberían hacer con la bonificación de VPO.