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A
anita78
18/12/2004 23:16

¿que entendeis en este punto?

1.233 lecturas | 2 respuestas
Me tiene muy mosqueada el punto 2 que salió publicado en el BOE. O soy muy mal pensada, o me hace pensar que estamos igual que al principio, la verdad.

Os lo transcribo tal cual:

" 2. No obstante lo establecido en el párrafo anterior, cuando se trate de promociones de Viviendas con Protección Pública para venta o uso propio para las cuales se haya solicitado su calificación provisional con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden y que se encuentren pendientes de calificación provisional a dicha fecha, la aplicación de tales precios máximos de venta exigirá el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Que el promotor solicite expresamente su aplicación.

b) Que si se hubieren suscrito, respecto de las viviendas que integran la promoción, contratos de compraventa u opción de compra o títulos de adjudicación o se hubieren percibido cantidades a cuenta del precio, todos y cada uno de los adquirentes o adjudicatarios de las mismas, con carácter previo, consientan su aplicación. A estos efectos, dicho consentimiento deberá efectuarse de forma expresa mediante escrito de fecha posterior a la entrada en vigor de la presente Orden, no siendo válido el efectuado en el propio contrato de compraventa u opción de compra o título de adjudicación.

c) Que si no se hubieren suscrito, respecto de las viviendas que integran la promoción, contratos de compraventa u opción de compra o títulos de adjudicación o no se hubieren percibido cantidades a cuenta del precio, el promotor deberá manifestarlo expresamente en la propia instancia por la que solicita la aplicación de los nuevos precios máximos de venta. "

Todo esto me hace pensar, que si les da la gana, me ponen un contrato en el que me pone que acepto la subida y que estoy deacuerdo con ella, y yo puedo negarme, claro que sí, pero también me pueden decir que es lo qué hay, o lo tomas o lo dejas, ¿no? ¿que pensais?

Para mí, que con este punto nos joden pero bien. Porque es como antes. Si no estabas deacuerdo con la subida, no firmabas el contrato, pero te quedabas en la calle.

Decirme que estoy equivocada, por favor, y que estoy viendo fantasmas, porque me temo lo peor.


 
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A
anita78
19/12/2004 18:26
Vale, me alegra que me digas esto, pero hay algo que no entiendo muy bien.

Dices que los promotores somos nosotros y que las cooperativas son gestoras, pero creo que en mi caso no es así.

Yo no soy promotora de nada, ni cooperativista. Yo estoy apuntada directamente a una constructora, no es promotora ni cooperativa, y no sé si en mi caso es igual que lo que tu comentas.

De todas formas, muchas gracias, espero que tengas razón.
 
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Panzito
19/12/2004 18:11
Siento decirte que efectivamente estas equivocada. En este caso los promotores somos nosotros, con o cual la subida la hariamos nosotros o no. En realidad las cooperativas, con nombres singulares como Bigeco Acento y muchas otras, solamente son gestoras, el grupo de vecinos que tiene una gestora seria la cooperativa y a su vez la promotora, con lo cual no tienes por que preocuparte. Si tenemos que tener cuidado y leer bien la ley que salio antes de esta, porque si ver verdad que hacen puntos de referencia a la otra. En parte creo que deberiamos estar tranquilos porque si no el alcalde de Parla no hubiera quitado la denuncia.

Espero haberte podio tranquilizar sobre este tema y que me hayas entendido.
 

Fin del hilo
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