Como dice el post anterior, lo tenéis muy difícil.
Si podéis demostrar que la Comunidad no está llevando a cabo las obras necesarias para la adecuada conservación del inmueble y sus servicios (tal como dice la Ley de Propiedad Horizontal), entonces podríais obligarles a hacerlo, pero tendríais que acudir al Juzgado o a un Arbitraje, ya que, obviamente, no va a salir mayoría en la Junta para poder echar al Presidente, vocales y administrador.
Un Arbitraje es más barato y más sencillo, pero aún así es un dinerito. Podriáis informaros en alguna asociacion de arbitraje. También os pueden informar seguramente en Consumo.
Sobre la rotación de la presidencia y vicepresidencia, es el procedimiento normal, así que va a ser muy difícil cambiarlo. En algunas Comunidades se excluye a los alquilados, pero eso se debe decidir en Junta. Algo que podríais alegar para que sea así es decir que cuando hay problemas no están el Presidente ni el Vicepresidente (porque no viven allí), como p.e.: que se quede alguien dentro del ascensor y no funcione el servicio de alarma (en algunos ascensor falla bastante), que se vaya la luz en una zona y no haya nadie para dar aviso, o cosas por el estilo que es de las que se suele ocupar el presidente o los vocales, ya que los administradores tienen un horario. Esto funcionaría si no tenéis vigilancia 24 h.
Por último, antes de las Juntas aseguráos que las empresas están al corriente de pago (en las urbanizaciones donde hay alguna empresa, no suelen estarlo) porque si es así no tienen derecho de voto. Pedid al administador que os envíe un listado de los pagos pendientes de la Comunidad con su firma y sello (no valen sólo los últimos, ya que pueden pagar el último recibo y dejar otros pendientes).