En cuanto a los desperfectos tampoco hay que agobiarse, según la La Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) hay tres plazos de garantía:
-Un año: Durante este periodo se podrá exigir la reparación de aquellos pequeños desperfectos relativos a la terminación de la obra. Por ejemplo, puertas arañadas, desconchones, etc.
-Tres años: Se podrá reclamar la resolución de problemas de mayor entidad y que afecten a la habitalidad del inmueble. Por ejemplo: goteras, mal funcionamiento de enchufes, ruidos excesivos por insonorización de paredes, etc.
-Diez años: Esta garantía cubre aquellos vicios que podrían causar la ruina de la vivienda: cimientos, daños en fijas, muros de carga, grandes grietas, etc.
En cuanto a las puertas pues podían haber preguntado ya que supongo que habra mayoria que vaya a poner vitroceraminca y no gas. Ahora me toca a mi pagarme una puerta nueva.