El ayuntamiento puede, y así lo hace y hará, conceder las celulas de habitabilidad sin que esté completamente recepcionado el ámbito. Ya he comentado alguna vez, que por ejemplo, Sanchinarro aún no ha sido completamente recepcionado por el ayuntamiento, lo que no ha impedido la concesión de licencias de primera ocupación.
En Valdebebas, la urbanización interior está completamente finalizada (salvo mobiliario urbano y poco más), así como los accesos principales, de modo que los anejos de la urbanización no van a condicionar la concesión de licencias de primera ocupación municipales, entre otras, porque los avales aportados garantizan que en caso de incumplimiento de la junta, el ayuntamiento puede ejecutarlos directamente.
Por otro lado, las obras de urbanización pendientes, no condicionan ni interfieren las manzanas habitables. Hay que tener en cuenta, que en otros modelos de urbanización, las obras de construcción se simultanean con las de urbanización, dejando pendiente incluso el solado de aceras y el asfaltado hasta bien avanzadas las obras de construcción, este no es el caso.
Es decir, el ayuntamiento concederá las licencias de primera ocupación en función de la masa crítica de vivienda habitable vs en construcción.
Si dentro de 2 años se han finalizado 70 promociones y solo hay 10 en construcción, el ayuntamiento empezará despachar licencias, por el contrario, si dentro de 2 años, hay 10 promociones finalizadas y 70 están en obras... se retrasará.