Discrepo de Valdecop. Hay dos AJD:
- Al ser VPPB el AJD que grava que corresponde a la compraventa no se paga.
- Por otra parte, si te subrogas al préstamo promotor tampoco se paga el AJD por la Constitución de la hipoteca, ya que ya se pagó en su momento cuando se firmo la hipóteca entre el banco y la cooperativa. Ahora no hay que pagarlo, ya que sería hacerlo dos veces.
Por lo tanto, no tendrías que pagar ninguno. Los gastos que tendrías que pagar son Notaría, Registro y Gestoría, nada mas que esos. Ahora, sino te subrogas y te vas a otros bancos, si tienes que pagarlos.