Te recomendaría que echaras un vistazo a las siguientes páginas. Yo no digo nada... cada uno que tome nota:
http://www.el-mundo.es/suvivienda/2002/236/1011344111.html Asesoría de ´El Mundo´ Su Vivienda:
AIRE ACONDICIONADO. Me dirijo a ustedes con el fin de formularles la siguiente consulta relativa a la instalación de aparatos de aire acondicionado en viviendas particulares. ¿Existe algún tipo de ordenanza o normativa municipal que regule las condiciones en las que se debe instalar un aparato de las mencionadas características? En caso de existir, ¿cuál es la normativa? ¿Dónde y cómo puedo consultar el texto íntegro? Si no cumpliese la normativa vigente, ¿cuáles serían las consecuencias? ¿Existe algún plazo para que prescriba el incumplimiento?
José Ramón Espinosa Herraiz. Madrid
- Con carácter previo, sería muy conveniente conocer el contenido de las Ordenanzas Municipales, por si fuera en ellas donde se limitara la colocación de los aparatos de aire acondicionado en las fachadas, por lo que le recomendamos que se dirija a su Junta Municipal de Distrito y se informe sobre ello. Si no hay limitación ni prohibición –ni a través de las Ordenanzas Municipales ni por los estatutos de la comunidad–, no vemos inconveniente en su instalación.
Ahora bien, a la hora de su colocación deben considerase otras circunstancias como ruido, desagüe y calor provocados por el lugar de la instalación, así como el tipo de aparato. En caso de que se derivaran molestias para los vecinos, prevalecería el derecho de éstos.
Si la normativa municipal o los estatutos prohibiesen la instalación de aparatos de aire acondicionado, podría conseguirse la retirada del mismo a través de las oportunas acciones judiciales.
Si en su misma finca existiesen otros aparatos, en principio, salvo las molestias puntuales que el suyo pudiera originar, entendemos que no habría motivos para prohibirlo.
El Ayuntamiento de Madrid no permite la instalación de aparatos de aire acondicionado que sobresalgan de las fachadas exteriores, en los edificios de nueva construcción, tolerándolos en los antiguos.
Y la normativa a la que haces referencia (completa)
http://perso.wanadoo.es/gilili/pgn/frm/aireacond_main.htm Como podrás ver, el principal problema para cumplir la normativa del Ayuntamiento de Madrid es el tema de la distancia entre ventanas y el tema del goteo (aunque parezca mentira en estos días).