Avda. Daroca / R3 / M40
¿En qué instrumento urbanístico se ha basado el Ministerio de Fomento para cortar la Avda. Daroca?
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Algunas cuestiones:
1) ¿En que instrumento urbanístico se ha basado el Ministerio de Fomento para cortar la Avda. Daroca.?
¿Quiere decirse que el Plan Especial de hace poco mas de un año, que incluye el mantenimiento de la Avda. Daroca con un nuevo trazado, es papel mojado y que la autoridad sobre el viario de Madrid no la tiene el Ayuntamiento?.
2) La Radial 3 se aprueba en 1999. El Plan Especial, que conserva la Avda. Daroca, en marzo de 2002. Este plan se aprueba con el consenso técnico de todas las Administraciones (incluido Fomento). En consecuencia, ¿no sería el corte una modificación ILEGAL del PEISEM?
3) La propuesta número 1 (enlace Vicalvaro --> N100) de la Junta Municipal ya se encuentra en el Plan Especial. Ver la Web de Urbanismo (Info. Urbanística, El plan General, Desarrollo del P.G., PEISEM.) en http://www.urbanismo.munimadrid.es/gmu/area_informacion_urbanistica/plan_general/pdf/peisem_doc1.pdf
Para más información, se denomina N20C03 ´Vías colectoras de la M-40, entre R-3 y Variante N-II´. Esta vía colectora no solo recibirá aportes de Vicálvaro vía rotonda de la crta. Canillejas-Vicálvaro sino de toda la M-40 Norte
4) La propuesta número 2 (N-100 --> Vicálvaro):
Si consiste en una vía colectora adyacente a la M40 tendrá el mismo problema: No solo irá el tráfico de la N-100 hacia Vicálvaro sino todo el tráfico en dirección M40 Sur.
Si es una vía exclusiva, entonces o bien se carga la zona verde 14V003{17}-00 (delimitada por Fuente Carrantona, García Tapia, M-40 y N-100) o bien se convierte la calle de la Ciudad Encantada en una vía de alta ocupación.
En cualquier caso, un desastre de soluciones.