Esto es lo que aparece en el BOE publicado el 28 de diciembre de 2012 con respecto a la deduccion de viviendas en el estado:
En el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con el objetivo de contribuir a la consolidación fiscal, se adoptan varias medidas.
En primer lugar, se suprime la deducción por inversión en vivienda habitual a partir de 1 de enero de 2013.
No obstante, se establece un régimen transitorio por el que podrán continuar practicando la deducción por inversión en vivienda en ejercicios futuros todos aquellos contribuyentes que hubieran adquirido antes de 31 de diciembre de 2012 su vivienda habitual o satisfecho cantidades antes de dicha fecha para la construcción, ampliación, rehabilitación o realización de obras por razones de discapacidad en su vivienda habitual.
Como pone que si se han satisfecho cantidades previamente, como sería nuestro caso, entiendo que si vamos a poder seguir desgravándonos en las futuras declaraciones de renta al haber ya un contrato en vigor previo al 2013.