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corchepi
corchepi
03/03/2008 16:25

MODIFICACIÓN DEL ACTA - ACTO ILEGAL.

¿Cuál es el procedimiento para impugnar acuerdos de la Junta de propietarios?

890 lecturas | 12 respuestas
Debido al cambio que ha hecho la Sra. Presidenta Esperanza Aguirre (perdón xxxxx xxxxxx xxxxxx, es que a veces me siento como Gallardón) y el Sr. Administrador Javier Ballesteros, debo comunicaros.. (yo sigo con la Ley en la mano) la falta tan grave que se ha cometido por parte de estas dos personas.

Un cambio en un acta según el Art. 18 de la LPH es por los motivos siguientes: (os lo copio textualmente, aunque queda más claro explícitamente en el punto 3 del Art. 19):

Artículo 18

1.- Los acuerdos de la Junta de propietarios serán impugnables ante los Tribunales, de conformidad con lo establecido en la legislación procesal general, en los siguientes supuestos:

a) Cuando sean contrarios a la Ley o a los estatutos de la comunidad de propietarios.

b) Cuando resulten gravemente lesivos para los intereses de la propia comunidad en beneficio de uno o varios propietarios.

c) Cuando supongan un grave perjuicio para algún propietario que no tenga obligación jurídica de soportarlo o se hayan adoptado con abuso de derecho.

2.- Estarán legitimados para la impugnación de estos acuerdos los propietarios que hubiesen salvado su voto en la Junta, los ausentes por cualquier causa y los que indebidamente hubiesen sido privados de su derecho de voto.

Para impugnar los acuerdos de la Junta el propietario deberá estar al corriente en el pago de la totalidad de las deudas vencidas con la comunidad o proceder previamente a la consignación judicial de las mismas. Esta regla no será de aplicación para la impugnación de los acuerdos de la Junta relativos al establecimiento o alteración de las cuotas de participación a que se refiere el articulo 9 entre los propietarios.

3.- La acción caducará a los tres meses de adoptarse el acuerdo por la Junta de propietarios, salvo que se trate de actos contrarios a la Ley o a los estatutos, en cuyo caso la acción caducará al año. Para los propietarios ausentes dicho plazo se computará a partir de la comunicación del acuerdo conforme al procedimiento establecido en el articulo 9.

4.- La impugnación de los acuerdos de la Junta no suspenderá su ejecución, salvo que el Juez así lo disponga, con carácter cautelar, a solicitud del demandante oída la comunidad de propietarios.

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Artículo 19

1.- Los acuerdos de la Junta de propietarios se reflejarán en un libro de actas diligenciado por el Registrador de la Propiedad en la forma que reglamentariamente se disponga.

2.- El acta de cada reunión de la Junta de propietarios deberá expresar, al menos, las siguientes circunstancias:

a) La fecha y el lugar de celebración.

b) El autor de la convocatoria y, en su caso, los propietarios que la hubiesen promovido.

c) Su carácter ordinario o extraordinario y la indicación sobre su celebración en primera o segunda convocatoria.

d) Relación de todos los asistentes y sus respectivos cargos, así como de los propietarios representados con indicación, en todo caso, de sus cuotas de participación.

e) El orden del día de la reunión.

f) Los acuerdos adoptados, con indicación, en caso de que ello fuera relevante para la validez del acuerdo, de los nombres de los propietarios que hubieren votado a favor y en contra de los mismos, así como de las cuotas de participación que respectivamente representen.

3.- El acta deberá cerrarse con las firmas del Presidente y del Secretario al terminar la reunión o dentro de los diez días naturales siguientes. Desde su cierre los acuerdos serán ejecutivos, salvo que la Ley previere lo contrario.

El acta de las reuniones se remitirá a los propietarios de acuerdo con el procedimiento establecido en el articulo 9.

Serán subsanables los defectos o errores de acta siempre que la misma exprese inequívocamente la fecha y lugar de celebración, los propietarios asistentes, presentes o representados, y los acuerdos adoptados, con indicación de los votos a favor y en contra, así como las cuotas de participación que respectivamente supongan y se encuentre firmada por el Presidente y el Secretario. Dicha subsanación deberá efectuarse antes de la siguiente reunión de la Junta de propietarios, que deberá ratificar la subsanación.

4.- El Secretario custodiará los libros de actas de la Junta de propietarios. Asimismo deberá conservar, durante el plazo de cinco años, las convocatorias, comunicaciones, apoderamientos y demás documentos relevantes de las reuniones.




Por lo tanto, el cambio en el acta no es correcto.
ADEMÁS EL SR. ADMINISTRADOR YA CONSULTÓ LA CUESTION DE LA LLAVE EN EL COLEGIO DE REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD (Aunque la Sra. Presidenta sigue sin comprender y le vuelve a solicitar la consulta por escrito por segunda vez).

PARA TERMINAR (POR EL MOMENTO)
Espero que en la reunión la Sra. Presidenta esté ahora segura de pagar el cierre en ascensores y puertas de trasteros. pues como me exigió le llevaré toda la Ley y documentación necesaria para ACLARALA O HACERLA ENTENDER cualquier duda, sin otro particular, se despide atentamente,
Alberto Ruiz Gallardón, perdón Carlos Corchero.


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P
perdidoenlastablas
05/03/2008 15:17
Y para empezar, temas ya aprobados no deberiamos darles muchas más vueltas, yo por ejemplo, no entiendo que si se acordo ya el tema de las llaves, no se haya aprovechado que han cambiado la cerradura de acceso a la finca para poner una llave amaestrada.
 
belix
belix
05/03/2008 14:45
Pues que esperamos, si en 80% de los temas hablados en las reuniones han sido cerrar los aticos y tendederos. Si no se le da importancia en las reuniones, cómo vamos a exigirla fuera de ellas.

A ver si es verdad que esta reunión es normal ; en la última dije que no volvía y espero no arrepentirme de cambiar de opinión.
 
G
gomenda
05/03/2008 13:47
Yo como no tengo el plus, me da un poco igual el partido...en fin, que le vamos a hacer.

Esperemos que al menos la reunión sea productiva. Creo que después de dos desastrosas reuniones, la gente ya se debería de haber concienciado un poco de que tenemos que remar todos en la misma dirección y no en la que cada uno quiera o le interese. La sensación que da el foro es que todos estamos muy descontentos con las cosas que se hacen en la finca, o mejor dicho, con lo que no se hace, por lo que, por el bien de todos y el de nuestras casas, hagamos que la reunión de hoy sea lo más provechosa posible.
 
P
perdidoenlastablas
05/03/2008 09:11
Pues por dar un toque de humor (o no), yo creo que han puesto la reunión hoy coincidiendo con el partido del R. Madrid para que la asistencia baje y sea más fácil llegar a acuerdos y no entrar en eternas discusiones.
 
MssProper
MssProper
04/03/2008 23:51
WoodyWoodpecker dijo:

Bueno mañana saldremos de dudas al respecto y esperemos que no seamos todos un poco más comprensivos, quedan temas que debemos cerrar, las ya famosas llaves traseras, ahora la puerta del garage interna que no cierra, los muelles para que cierre la puerta de la entrada, las llaves en las puertas de garage y trasteros, mantenimiento de antena


quedan temas que debemos cerrar, las ya famosas llaves traseras, ahora la puerta del garage interna que no cierra, los muelles para que cierre la puerta de la entrada, las llaves en las puertas de garage y trasteros, mantenimiento de antena, Seguimos...la piscina que cada vez tiene menos agua, la posibilidad de subir las vayas del esquinazo del edificio, así como levantar nuevas en zona alta del garaje y zona solarium, la posibilidad de que existan 4 cubos grises y 4 amarillos, el cubrir la verja que da a la piscina, todo ese recinto, con una especie de paja marrón (perdonar mi ignoracia, ignoro cómo se denomina este material..)para evitar desde fuera el visionado de piscina...mañana coger fuerzas y una silla que nos espera buena tarde!!!
 
W
woodywoodpecker
04/03/2008 12:46
Bueno mañana saldremos de dudas al respecto y esperemos que no seamos todos un poco más comprensivos, quedan temas que debemos cerrar, las ya famosas llaves traseras, ahora la puerta del garage interna que no cierra, los muelles para que cierre la puerta de la entrada, las llaves en las puertas de garage y trasteros, mantenimiento de antena
 
corchepi
corchepi
04/03/2008 12:08
WoodyWoodpecker en eso te doy la razón, creo que es lo que se tenía que haber hecho, así hubiese sido lo correcto, pero como comprenderás no era mi trabajo el traerlo, si no el Sr. administrador, pues fue una cosa que solicité que se consultara en la primera junta.

Rompiendo una lanza a su favor, debo decir que sí lo solicitó, a través de consulta telefónica, pero aún así, la Sra. Presidenta lo pidió por escrito y es por tanto, que espero que mañana ya le haya llegado la respuesta del Registro de la Propiedad y aclare todas las dudas.

Espero que esto no llegue a más, pero parece que me lo he tomado como algo personal, pero hay much@s vecin@s que también la han solicitado aunque no lo manifiesten públicamente.

Un saludo.

 
W
woodywoodpecker
04/03/2008 10:11
Yo me he leido el acta, y ese paso es el previo que se debía haber realizado en la junta anterior con toda la documentación en la mano, no de boca de ninguno de los presentes a la junta.
 
corchepi
corchepi
04/03/2008 10:07
Respondiendo a Woodywoodpecker,

Si hubieras leído el segundo acta, podrías haber observado que se ha adjuntado la Ley de Propiedad Horizontal junto con los artículos del Código Civil, donde describe claramente el uso de las zonas comunes, entre ellas los accesos.

El señor administrador (repito) ya lo consultó en el Registro de la Propiedad situado en la calle Príncipe de Vergara, y la Sra. Presidenta se lo volvió a solicitar.

Si lo desea algún vecino puede solicitarlo personalmente a través del Centro de Atención al Usuario en el número 902 201 200 y en la siguiente dirección de correo electrónico abonados.propiedad@registradores.org

Pero hay que abonarse primero, claro.


 
A
aricale
04/03/2008 09:47
Bueno, sin tener aqui el orden del día, creo que el primero es la lectura y aprobación del acta, asi que con no aprobarla tenemos suficiente.

Pero habrá que mojarse y negarse a aprobar este acta modificada, porque si no pasará como en la ultima reunión, que mucho hablar aqui con el tema del cambio de administrador, y en la junta nadie abrió la boca.
 
W
woodywoodpecker
04/03/2008 09:15
Yo solo quiero puntualizar una cosa, para dar las llaves traseras no se hizo ninguna votación que yo recuerde solo se comentó que según la ley se deben entregar dichas llaves, por ese motivo han modificado el acta, supongo. A mi no me parece mal esa resolución de la presidenta y el administrador, si en verdad existe esa ley, que se lleve el día de la junta y se actue en consecuencia, que no sea por que uno ha dicho que hay una ley que me permite entrar por esas puertas.
 
P
perdidoenlastablas
03/03/2008 17:29
Que era ilegal ya lo dije yo en otro post pero sin aportar pruebas, asi que gracias por tu trabajo, si las otras reuniones se eternizaron, en esta tiene pinta no solo que nos vamos a tener que llevar la cena sino que hasta los churros para desayunar, porque no entiendo que solución nos van a aportar ni que explicaciones convincentes escucharemos de la presi y el administrador.

Lo dicho, tengo un dilema entre no ir porque será eterna y no llegaremos a nada como siempre y curiosidad por ver como se desenvuelven y que milonga nos cuentan.
 

Fin del hilo
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