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PAYEL
28/11/2006 09:30

Ayudas a la vivienda con protección pública básica

¿Cómo y dónde solicitar las ayudas a la vivienda con protección pública básica en la CAM?

695 lecturas | 0 respuestas
Buenos días a todos,

Una de las cuestiones que tratamos ayer fue lo de la ayuda a la compra de vivienda en la CAM . No sé si os servirá de mucho, pero aquí va la información sobre qué es, cómo y donde solicitarla.

Ayudas a la vivienda con protección pública básica (vppb)-(plan 2005 - 2008 de la Comunidad de Madrid )
Referencia: 3258

Descripción
Ayuda a la adquisición de una Vivienda con Protección Pública Básica< /. Es una ayuda económica que consiste en una subvención denominada Cheque-Vivienda< que puede oscilar entre el 5% y el 10% del precio de la vivienda, que deberá ser inferior al Precio Máximo Legal de Venta (PMLV):
- 10% si los ingresos familiares son menores de 2,5 veces el IPREM.
- 7% si los ingresos familiares están comprendidos entre 2,5 y 3,5 veces el IPREM.
- 5% si los ingresos familiares se encuentran entre 3,5 y 5,5 veces el IPREM.
- 10% si la unidad familiar es familia numerosa.

Requisitos
Para tener acceso a la vivienda y posteriormente a la ayuda económica:

- Que los ingresos familiares no excedan de 5,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
- Que entre la concesión de la Calificación Definitiva de la Vivienda con protección Pública para compra y la solicitud de la ayuda económica, no transcurran más de 6 meses naturales.
- Que se destine a domicilio habitual y permanente de la unidad familiar.
- Que los miembros de la unidad familiar no sean titular de otra vivienda sujeta a régimen de protección en todo el territorio nacional.
- Que no sea titular de derecho real de uso o disfrute de una vivienda libre en todo el territorio de la Comunidad de Madrid cuyo valor, según el ITP exceda del 40% del PMLV (Precio Máximo Legal de Venta) o del 60% en caso de ser familia numerosa.

Persona Responsable
Dª. Nieves Montero Arranz Dª. Nieves Montero Arranz

Cargo Responsable
Jefe de Servicio

Tramitación
Tramitación del Ciudadano.

Una vez obtenida la Calificación Definitiva de la vivienda como Vivienda con Protección Pública, tramitación que realizará el Promotor, el ciudadano deberá presentar la solicitud de ayuda económica.

Plazo de solicitud de la convocatoria
Antes de transcurridos 6 meses desde la Calificación Definitiva.

Destinatario
Adquiriente o promotor individual para uso propio.

Presentación de solicitudes
Registros de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ; C/ Princesa, 3 ; C/ Maudes, 17, C/ Braganza, s/n, y Avda. de Asturias, 28, en Madrid.

Las solicitudes podrán presentarse en cualquier Registro, ya sea de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única, en Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

Información complementaria
Descripción de la Vivienda de Protección Pública Básica:

- Superficie: Superficie construida máxima de 110 m2
- Precio máximo de venta: El precio máximo legal de venta (PMLV) de la vivienda será establecido por metro cuadrado de superficie últil para cada una de las localidades del territorio de la Comunidad de Madrid mediante Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
- La duración del régimen legal de protección pública es de 20 años a contar desde la fecha de la Calificación Definitiva.
- La vivienda debe destinarse a domicilio habitual y permanente de la unidad familiar.
Para que el ciudadano pueda acordar la compra de esta vivienda con el Promotor, deberán reunirse las siguientes condiciones:
- Ingresos familiares no superiores a 5,5 veces el IPREM.
- No ser titular de pleno dominio, o de un derecho real de uso o disfrute, sobre otra vivienda sujeta a régimen de protección en todo el territorio nacional.
- Las mismas condiciones anteriores sobre una vivienda libre en el territorio de la Comunidad de Madrid.

Referencia Legal Normativa
DECRETO 11/2005, de 27 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid ( BOCM nº 37, de 14 de febrero ).

DECRETO 12/2005, de 27 de enero, por el que se regulan las ayudas económicas a la vivienda en la Comunidad de Madrid ( BOCM nº 37, de 14 de febrero ).

Vigencia
Febrero de 2005 a Diciembre 2008.

Fecha de alta
09 febrero 2005

Tema
Integración socio-laboral

Dependencia jerárquica
Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
D.G. de Arquitectura y Vivienda
Dirección
C/ Maudes, 17.

Teléfono
91 580 43 06


Fax
91 580 37 61

 

Fin del hilo
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