Cooperativistas de Getafe: HCC Europe les tiene que devolver el dinero
Nueva sentencia a favor de quienes entregaron cantidades a cuenta
Hasta el momento hay 18 sentencias contra la aseguradora
Inmaculada de la Vega Madrid 26 JUL 2012 - 17:35 CET
Por inusual que parezca es posible que todos los grupos políticos adopten un acuerdo unánime. Y eso fue lo que ocurrió en la corporación local de Getafe, 170.000 habitantes en el sur de la Comunidad de Madrid. En una sesión extraordinaria del pleno firmaron una proposición a favor de parte sus vecinos: 1.800 familias afectadas que habían desembolsado unos 28.000 euros de media para optar a una vivienda protegida. El pleno tomó partido a pesar de que el asunto estaba en los juzgados y se estamparon las firmas de los cuatro partidos.
HCC cobró cerca de 1,6 millones de euros para cubrir las cantidades a cuenta
La corporación instaba a la aseguradora Houston Casualty Company Europe Seguros y Reaseguros (HCC) a que devolviera el dinero que depositaron como anticipo estos vecinos en las cooperativas Getafe Capital del Sur y Getafe Cuna de la Aviación Española, gestionadas por PSG.
A finales de junio llegó la contestación de HCC, sellada pero no firmada, en la que hacía valer su tesis, la misma que sostiene en los tribunales. El abogado Ignacio Serrano Butragueño defiende a parte de estos afectados que se encuentran con que ni se han hecho las viviendas ni la aseguradora les devuelve el dinero por las cantidades a cuenta aportadas. “HCC está retrasando por todo los medios los procedimientos judiciales”, lamenta. Y de las viviendas no hay ni rastro.
Los vecinos van obteniendo resultados positivos. El último, una resolución del Juzgado número 4 de Majadahonda, notificada el 16 de julio. Frente a los argumentos de HCC —que el seguro no es el de cantidades entregadas a cuenta para adquirir una vivienda, sino que solo cubría que los fondos se destinarían al proyecto promotor— el magistrado David Suarez León lo tiene claro: la ley 57/68 es imperativa y no dispositiva; es decir; no se permiten cláusulas que modifiquen los términos de esta norma.
Según la ley las cantidades entregadas a cuenta aseguradas tendrán que devolverse si no hay vivienda
No admite cambios que atenten a su espíritu que es salir al paso de la reiterada comisión de abusos que se venían produciendo con las cantidades entregadas a cuenta. Y, según Suarez León, los derechos que la ley otorga son irrenunciables y no puede la cooperativa ni la aseguradora poner a los consumidores en situación de indefensión que conlleve pérdida de sus derechos. Ni siquiera los demandantes pueden renunciar a tales derechos. En román paladino: la ley está hecha para proteger al ciudadano y no para que se lucre nadie jugando con la letra de la norma o de los contratos.
El juez destaca que la póliza individual incluye condiciones que no figuran en la póliza colectiva. En la que va a nombre de cada cooperativista se especifica que el siniestro a pagar se produciría cuando las cantidades anticipadas se destinen a fines distintos al proceso promotor”. Y, puesto que la individual está redactada unilateralmente por la compañía (como prueba que es un modelo estereotipado en el que el ciudadano no participa), HCC está en posición de privilegio y puede considerarse clausula abusiva y, como tal, nula.
Argumenta el juez que antes de haber firmado la póliza con HCC las cantidades ya estaban depositadas en Caixa Catalunya y la entidad certificaba que estos fondos no fueran disponibles salvo contra facturas o certificaciones aprobadas por HCC luego ¿qué riesgo cubría HCC que percibió cerca de 1,6 millones de estas dos cooperativas?
La aseguradora distingue dos tramos, el I y el II. El magistrado sostiene que la existencia de estos tramos tiene por objeto “sustraer a la aseguradora de sus responsabilidades”. “La ley 1968 articula un mecanismo que garantice la devolución de las cantidades para el caso de no cumplir la promotora sus obligaciones. Y, desde luego, este mecanismo no puede burlarse mediante la diferenciación de tramos en función del estado de las obras”, aclara el auto.
"Este auto del Juzgado de Primera Instancia —que condena a HCC a devolver las cantidades anticipadas por una ex cooperativista partiendo de que el seguro garantiza el buen fin de las cantidades entregadas— viene a sumarse a otras siete resoluciones judiciales de juzgados de Majadahonda y otra más de un juzgado también de primera instancia de Getafe", explica el abogado Serrano Butragueño.
La abogado Ana de la Calle, del bufete Majavilan, contabiliza nueve sentencias más a favor de cooperativistas, sumando las referidas tanto a HCC como a Asefa. En defensa de varias sociedades cooperativas les reclama cerca de 100 millones de euros. Su bufete también se ha puesto en contacto con la Dirección General de Seguros, así como a las auditoras de estas dos aseguradoras, Ernst & Young y PriceWaterhouseCoopers para que tomen medidas que garanticen la solvencia de HCC y Asefa. “No sólo hay que ganar los pleitos sino asegurarse de que finalmente los clientes cobren”, anota De la Calle.
Fuente: http://ccaa.elpais.com/ccaa/2012/07/24/madrid/1343145541_906968.html