Creo que la información del 2004 que pegáis por ahí arriba está un pelín desactualizada. Según el último plan de vivienda de la comunidad, ya no existen ni la VPO (savlo regímenes especiales) ni la VPT. Ahora mismo hay 2 modalidades de vivienda protegida (VPP), la básica y la de precio limitado. Os pego abajo las características y precios de cada una y ya que cada cual haga sus cálculos.
Podéis encontrar más informacion en:
http://www.madrid.org/oficinavivienda ********************
TABLAS DE PRECIOS
PRECIOS MÁXIMOS LEGALES DE VENTA DE VIVIENDAS PARA VENTA O USO PROPIO POR TIPO DE VIVIENDA Y ZONA
Artículo 1 de la ORDEN Mil quinientos setenta y siete barra Dos mil cinco, de once de mayo y Artículos 2 a, 2 c y 3 de la ORDEN Dos mil ochocientos sesenta y tres barra Dos mil cuatro, de 8 de noviembre. Estas Órdenes pueden obtenerse dentro del Compendio de Normativa de Vivienda, Plan de Vivienda Dos mil cinco Dos mil ocho en los parágrafos 3 y 4 respectivamente.
Tipos de vivienda:
V P P B, Vivienda con Protección Pública Básica.
V P P L, Vivienda con Protección Pública de Precio Limitado.
Municipios que integran cada Zona:
Zona 0: Madrid.
Zona A: Alcobendas, Las Rozas de Madrid, Majadahonda, Pozuelo de Alarcón y San Sebastián de los Reyes.
Zona B: [...>Getafe, [...>
Zona C: [...>
Zona D: Resto de municipios de la Comunidad de Madrid.
Zona 0. V P P B, 1474,07 euros. V P P L, 1850 euros. V P O Régimen especial, 1063,03 euros. Adquisición protegida de vivienda libre, 2000,52 euros.
Zona A. V P P B, 1474,07 euros. V P P L, 1850 euros. V P O Régimen especial, 1063,03 euros. Adquisición protegida de vivienda libre, 1474,07 euros.
Zona B. V P P B, 1263,49 euros. V P P L, 1585,72 euros. V P O Régimen especial, 911,17 euros. Adquisición protegida de vivienda libre, 1263,49 euros.
*************************************
Características y requisitos:
VENTA O USO PROPIO
Vivienda con Protección Pública Básica, V P P B.
Datos de la vivienda:
Primero, Superficie construida máxima: ciento diez metros cuadrados.
Segundo, Sujetas a Precio Máximo Legal de Venta P M L V.
Tercero, Duración del régimen legal de protección: veinte años, desde la Calificación Definitiva.
Requisitos de acceso a la vivienda:
Primero, Ingresos familiares inferiores a 5 coma 5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples IPREM.
Segundo, No ser titular de una vivienda de protección en el territorio nacional, ni de una vivienda libre en la Comunidad de Madrid cuyo valor exceda del cuarenta por ciento del Precio Máximo Total de Venta, según Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
Descripción de las ayudas:
Primero, Ayuda económica, Cheque Vivienda:
Si los Ingresos familiares son inferiores a 2 coma 5 veces el IPREM, el diez por ciento del Precio Venta Total.
Si los Ingresos familiares se encuentran entre 2 coma 5 y 3 coma 5 veces el IPREM, el 7 por ciento del Precio Venta Total.
Si los Ingresos familiares se encuentran entre 3 coma 5 y 5 coma 5 veces el IPREM, el 5 por ciento del Precio Venta Total.
Segundo, Establecimiento del Precio Máximo Legal de Venta P M L V.
Requisitos de acceso a ayuda económica:
Primero, Ingresos familiares inferiores a 5 coma 5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples IPREM.
Segundo, Plazo de solicitud, 6 meses, desde la Calificación Definitiva.
Obligaciones de los adjudicatarios:
Primero, Que se destine a Domicilio habitual y permanente.
Segundo, si se ha obtenido la ayuda económica, la vivienda no podrá transmitirse en plazo de 5 años desde su percepción, salvo autorización de Dirección General de Arquitectura y Vivienda.
Tercero, si se ha obtenido el préstamo cualificado en su promoción, la duración del régimen legal debe ser igual al plazo inicial de amortización del préstamo, desde la Calificación Definitiva.
Cuarto, Descalificación no anterior a los quince años a partir de la Calificación Definitiva.
Quinto, Plazo máximo para la ocupación de la vivienda: un año desde entrega.
sexto, Las Obras o reformas necesitan de la autorización de Dirección General de Arquitectura y Vivienda.
Obligaciones de los promotores:
Primero, Solicitar Calificación Provisional y Definitiva.
Segundo, Presentar los contratos de compraventa para el visado en la Dirección General de Arquitectura y Vivienda y elevación a escritura pública ante Notario.
Tercero, Plazo máximo de entrega de llaves, 3 meses desde Calificación Definitiva.
Vivienda con Protección Pública Básica para Familias Numerosas, V P P B F M.
Datos de la vivienda:
Primero, Superficie construida máxima: ciento cincuenta metros cuadrados.
Segundo, Sujetas a Precio Máximo Legal de Venta P M L V.
Tercero, Duración del régimen legal de protección: veinte años, desde la Calificación Definitiva.
Requisitos de acceso a la vivienda:
Primero, Ingresos familiares inferiores a 5 coma 5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples IPREM.
Segundo, No ser titular de vivienda de protección en el territorio nacional, ni de vivienda libre en la Comunidad de Madrid cuyo valor exceda del sesenta por ciento del Precio Máximo Total de Venta, según el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
Descripción de las ayudas:
Primero, Ayuda económica Cheque Vivienda Venta del diez por ciento del Precio Venta Total.
Segundo, Establecimiento del Precio Máximo Legal de Venta P M L V.
Requisitos de acceso a la ayuda económica:
Primero, Ingresos familiares inferiores a 5 coma 5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples IPREM.
Segundo, Plazo de solicitud de 6 meses, desde la Calificación Definitiva.
Obligaciones de los adjudicatarios:
Primero, Que se destine a Domicilio habitual y permanente.
Segundo, si se ha obtenido la ayuda económica, la vivienda no podrá transmitirse en plazo de 5 años desde su percepción, salvo autorización de Dirección General de Arquitectura y Vivienda.
Tercero, si se ha obtenido el préstamo cualificado en su promoción, la duración del régimen legal debe ser igual al plazo inicial de amortización del préstamo, desde la Calificación Definitiva.
Cuarto, Descalificación no anterior a los quince años a partir de la Calificación Definitiva.
Quinto, Plazo máximo para la ocupación de la vivienda: un año desde entrega.
sexto, Las Obras o reformas necesitan de la autorización de Dirección General de Arquitectura y Vivienda.
Obligaciones de los promotores:
Primero, Solicitar la Calificación Provisional y Definitiva.
Segundo, Presentar los contratos de compraventa para el visado en la Dirección General de Arquitectura y Vivienda y elevación a escritura pública ante Notario.
Tercero, Plazo máximo de entrega de llaves: 3 meses desde la Calificación Definitiva.
Vivienda con Protección Pública de Precio Limitado V P P L.
Datos de la vivienda:
Primero, Superficie construida máxima: ciento cincuenta metros cuadrados.
Segundo, Sujetas a Precio Máximo Legal de Venta P M L V.
Tercero, Duración del régimen legal de protección: veinte años, desde la Calificación Definitiva.
Requisitos de acceso a la vivienda:
Primero, Ingresos familiares inferiores a 7 coma 5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples IPREM.
Segundo, No ser titular de una vivienda de protección en el territorio nacional, ni de una vivienda libre en la Comunidad de Madrid cuyo valor exceda del cuarenta por ciento del Precio Máximo Total de Venta, según el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
Descripción de las ayudas:
Establecimiento del Precio Máximo Legal de Venta P M L V.
Obligaciones de los adjudicatarios:
Primero, Que se destine a Domicilio habitual y permanente.
Segundo, si se ha obtenido la ayuda económica, la vivienda no podrá transmitirse en plazo de 5 años desde su percepción, salvo autorización de Dirección General de Arquitectura y Vivienda.
Tercero, si se ha obtenido el préstamo cualificado en su promoción, la duración del régimen legal debe ser igual al plazo inicial de amortización del préstamo, desde la Calificación Definitiva.
Cuarto, Descalificación no anterior a los quince años a partir de la Calificación Definitiva.
Quinto, Plazo máximo para la ocupación de la vivienda: un año desde entrega.
sexto, Las Obras o reformas necesitan de la autorización de Dirección General de Arquitectura y Vivienda.
Obligaciones de los promotores:
Primero, Solicitar la Calificación Provisional y Definitiva.
Segundo, Presentar los contratos de compraventa para el visado en la Dirección General de Arquitectura y Vivienda y elevación a escritura pública ante Notario.
Tercero, Plazo máximo de entrega de llaves: 3 meses desde la Calificación Definitiva.
Cuarto, Sólo sobre suelo residencial destinado a: Vivienda libre, Vivienda de Protección Pública de más de ciento diez metros cuadrados o Vivienda a Precio Tasado.
Hay características especiales si las viviendas son para familias numerosas, pero no voy a engordar más el post ;-)
Un saludete!
-- Mid