BUROFAX Y ESTATUTOS COOPERATIVA
¿Cuáles son las obligaciones de los liquidadores en la liquidación de una cooperativa?
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Hemos estado leyendo los estatutos de la cooperativa y hemos encontrado varios puntos de interés:
"CAPITULO VI [...> SECCION SEGUNDA [..>
7. Los liquidadores harán llegar a los socios cada 4 meses mediante su publicación en el tablón de anuncios del domicilio social de la cooperativa y dirigiendose a cada uno de ellos por carta certificada con acuse de recibo, el estado de la liquidación.
Además, si esta se prolongara más de un año el/los liquidadores deberán publicar en el BOCAM un estado de las cuentas que permita apreciar con exactitud la situación de la sociedad y la marcha de la liquidación ; el cumplimiento de esta obligación será comunicado al registro de cooperativas y por carta a los socios dentro de los 15 días siguientes a aquel en que se produzca la referida publicación"
No nos han comunicado absolutamente nada cada 4 meses. Además en el BOCAM (Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid) se publicó el inicio del tramite de la disolución y liquidación de la cooperativa con fecha de acuerdo 28 de diciembre de 2006 , por tanto, el próximo 28 de diciembre se cumplirá un año del proceso de liquidación y por tanto el liquidador estará obligado a publicar el estado de las cuentas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Por eso, intuimos que nos reclaman con tanta urgencia el pago.