Buenas.
Si habeis leido en este foro los mensajes sobre el tema o habeis leido la carta con la orden del día de la próxima reunión de vecinos (por cierto, un buen trabajo el de la junta de gobierno), sabreis que Telefónica no nos pone línea de teléfono.
Lo que tenemos que hacer es presionar a Telefónica para que cumpla con su obligación legal, y se prepare para indemnizarnos como marca la ley. En la página de la oficina de atención al usuario de telecomunicaciones (www.usuariosteleco.es) está toda la información y un servicio para la presentación telemática de reclamaciones y denuncias. Tenemos que decirles que les hemos denunciando por no ponernos la línea!!!
Os copio la información que nos interesa:
OFICINA DE ATENCIÓN AL USUARIO DE TELECOMUNICACIONES (901 33 66 99)
http://www.usuariosteleco.es/Derechos/TelefoniaFija/AltasyBajas/ Un operador de telefonía fija se niega a instalarme una línea fija, ¿puede hacerlo? La obligación de garantizar el derecho de todo ciudadano a tener una línea telefónica fija corresponde al operador designado para prestar el servicio universal, que hoy por hoy es Telefónica de España. El resto de operadores no se ven afectados por esta obligación. Por lo tanto, es a Telefónica a quien puede exigírsele la instalación de una línea fija aunque no necesariamente debe ser a través de la tecnología estándar basada en la instalación de pares de cobre. Se pueden utilizar otras tecnologías de tipo radioeléctrico como GSM/GPRS, LMDS o satélite siempre y cuando nos permitan realizar comunicaciones telefónicas, por fax y acceder a internet de forma funcional.
¿Con qué plazo deben darme de alta la línea? El plazo máximo para que el operador designado para la prestación del servicio universal, es decir, Telefónica, atienda una solicitud de alta es de 60 días. En caso de no poder realizar dicha alta en plazo deberá compensar al usuario eximiéndole del pago de tantas cuotas mensuales de abono equivalentes al número de meses o fracción de ellos en que se haya superado dicho plazo.
Una solicitud de traslado de línea se puede equiparar a una solicitud de alta por lo que el plazo para hacerlo efectivo sería igualmente de 60 días. En este caso el operador que presta el servicio universal, es decir, Telefónica, no está obligado a mantener el número de teléfono del abonado.
La normativa no establece un plazo máximo para el resto de operadores, si bien dicho plazo debe figurar obligatoriamente en el contrato así como la indemnización en caso de incumplimiento.
Tengo una línea TRAC, pero no me permite la conexión a internet, ¿tengo derecho a que me la sustituyan? Si, la ley estipula que Telefónica de España deberá atender las solicitudes de sustitución del TRAC para que puedan tener acceso funcional a Internet en un plazo máximo de sesenta días. Esta sustitución no supondrá ningún coste para el abonado.
Los abonados deberán dirigirse al servicio de atención al cliente de Telefónica de España (1004) para solicitar dicho acceso.
En caso de no ser atendida la solicitud en el plazo indicado podrá presentarse reclamación mediante el procedimiento descrito en el apartado Cómo reclamar:
http://www.usuariosteleco.es/PresentacionTelematica/Reclamaciones/