Buenas... esta mañana he ido al ayuntamiento para preguntar sobre la ayuda para el impuesto de contribución, y me han dado la solicitud y me han comentando los documentos que hay que aportar y que son de 2 - 3 años de ayuda.
Con estas, me he ido a la oficina, para preguntar si los documentos a aportar nos los van a facilitar allí o tenemos que buscarlos en otros organismos, y la respuesta a sido (sin ver los papeles) pero.. si tu ya tienes esa ayuda tramitada, la hemos solicitado para nosotros, y vosotros al cambiar de propietario el domicilio en el registro, hacienda, etc... vais a "recibir" un año (2011) esta ayuda.
Pues bien, no entiendo y me gustaría que alguno de vosotros me lo explicara por favor, como se puede tramitar una ayuda por unos pisos que no están construidos?? porque lo solicitan ellos cuando la ayuda es para los propietarios de los pisos? podemos volver a solicitarlo? no es lo mismo 1 año que 3 con este "descuento" y en la oficina no me han podido o querido contestar a ninguna de estas preguntas ya que solo me decía que la propiedad aún es suya y por mas que le decía que era para después de escriturar, no salían de esa frase.