Pues siento darte malas noticias, javier. Pero eso que has hecho es incorrecto y si no has tenido noticias de Hacienda es porque no habrán revisado tu declaración. Si todavía no ha pasado un año desde la compra de la vivienda te aconsejo que te empadrones, si no en caso de que te revisaran tu declaración tendrías que devolver todo lo desgravado más los intereses.
Este es un link de Hacienda sobre los requisitos para desgravarte por vivienda habitual:
http://www.irpf.net/ps0309.htm Concepto de vivienda habitual.
El TRIRPF (RD 3/2004) establece los requisitos y condiciones necesarios para que una vivienda tenga a efectos fiscales el carácter de habitual y así, se establece que:
* Con carácter general se considera vivienda habitual del contribuyente la edificación que constituya su residencia durante un plazo continuado de, al menos, tres años.
* Se entenderá que la vivienda tuvo el carácter de habitual cuando, a pesar de no haber transcurrido dicho plazo, se produzca el fallecimiento del contribuyente o concurran otras circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio, tales como celebración de matrimonio, separación matrimonial, traslado laboral, obtención del primer empleo, o cambio de empleo, u otras análogas justificadas.
* Para que la vivienda constituya la residencia habitual del contribuyente debe ser habitada de manera efectiva y con carácter permanente por el propio contribuyente, en un plazo de doce meses, contados a partir de la fecha de adquisición o terminación de las obras.
El documento que acredita que una determinada persona habita en una vivienda es el padron. Por tanto debes empadronarte en la vivienda por la que te quieras desgravar antes de 12 meses desde la adquisición de la misma y vivir en ella durante tres años, salvo fallecimiento, matrimonio, separación, etc.
Viene explicado también en esta web, más divulgativa:
http://escuelas.consumer.es/web/es/vivienda/online/pag0102.php También puedes introducir en el google las palabras vivienda habitual y empadronamiento/padrón ; te saldrán varias páginas de todoexpertos.com respondiendo a dudas sobre la deducción por primera vivienda donde aclara esto exactamente.
Yo no soy experta en temas fiscales ni nada por el estilo. Así que si me he equivocado en algo, lo siento, y estaré encantada de que alguien que sí sepa de verdad del tema me conteste.
Un saludo