Volver al foro
kusturica
31/05/2006 12:45
consulta oficina información vivienda
¿Puedo empadronarme en un apartamento turístico que he comprado como primera vivienda?
641 lecturas | 2 respuestas
La semana pasada hice la siguiente consulta a la Oficina de Información de la Vivienda y ésta fue la respuesta. La consulta fue realizada mediante correo electrónico ; un acto muy simple que podéis realizar todos con facilidad con el fin de que podáis comprobarlo por vosotros mismos.
Recibido el: 16/05/2006 13:52:30
Asunto: apartamentos turÃsticos
Cuerpo del mensaje:
Hola: He comprado un apartamento turÃstico pensando en utilizarlo como primera vivienda. ¿PodrÃa empadronarme allÃ? La ley dice que el tiempo de alquiler es de entre 3 y 45 dÃas, salvo las prórrogas que se pudieran pactar. ¿PodrÃa alquilar el apartamento digamos por un año? ¿La persona que lo alquilara podrÃa empadronarse en él? Muchas gracias,
Respuesta:
Estimado/a Sr./a.: En respuesta a su consulta le informamos que este tipo de pisos no pueden ser utilizados como vivienda habitual. El propietario del apartamento turístico debe estar inscrito en el Registro General de Empresas y Entidades TurÃsticas, tener una autarización de la Dirección General de Turismo y ser titular de la totalidad del inmueble (persona física jurídica). Igualmente le manifestamos que existe una prohibición expresa de llevar a cabo la división horizontal de un edificio y por lo tanto todo ello parece incompatible con el empadronamiento para vivienda habitual que se pretende.
chikifer
01/06/2006 20:53
La verdad es que aún no me he podido informar bien de lo que has contado, pero sí s´´e que las obras se han parado un tiempo, por qué?
eN FIN, DESPUÉS DE LO DE FORUM, ESTO PARECE ALGO MÁS DE LO MISMO.
Si os váis enterando de algo, me gustaría que me informárais por aquí. En cuanto sepa algo os lo diré. Muy amables. Un beso a todos.
Semevalavida
01/06/2006 11:48
Estará esto relacionado con el parón?......
kusturica
consulta oficina información vivienda
31/05/2006 12:45
· 641 lecturas · 2 respuestas
Responder
IMPORTANTE: Tu usuario no ha sido aún aprobado. Los mensajes en el foro sin contenido, o simplemente solicitando acceso a grupos whatsapp o telegram, serán eliminados
y no se tendrán en cuenta a la hora de aprobar tu cuenta y activar la mensajería privada
Tus primeros mensajes deben aportar algo al foro (presentación, dudas, aclaraciones, etc...). Una vez aprobemos tu usuario podrás participar libremente.