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¿Cómo obtener ayudas para adquirir y urbanizar suelo para vivienda protegida?
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Ayudas para la adquisición y urbanización de suelo para vivienda protegidaEscuchar la página Imprimir página
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Plazo indefinido Referencia
38049
Descripción
Procedimiento para la obtención de ayudas para la adquisición y urbanización de suelo para vivienda protegida.
Requisitos
Tendrán la consideración de actuaciones protegidas en materia de suelo las de urbanización del mismo, incluyendo la adquisición onerosa del mismo, para su inmediata edificación, con destino predominante a la promoción de viviendas calificadas o declaradas como en las condiciones establecidas en el RD 801/2005 de 1 de julio. Al menos el 50% de la edificabilidad residencial de la unidad de actuación deberá destinarse a vivienda protegida.
Deberá inscribirse en el Registro de la Propiedad la afectación del suelo objeto de financiación a la finalidad establecida, por lo que se refiere a número de viviendas protegidas previstas, incluyendo sus tipologías y otras características que puedan dar lugar a la obtención de las subvenciones establecidas en esta materia.
Documentación a presentar
Documentación para el reconocimiento del derecho a subvención:
A. CIF Y NIF DEL SOLICITANTE. (fotocopia compulsada). Documento de identificación del promotor. (Si el ciudadano autoriza su consulta en el formulario de solicitud, no será necesaria la aportación).
B. B.1. ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN de la entidad promotora de la actuación (copia cotejada).
B.2. TITULARIDAD DEL SUELO: Escritura pública, contrato privado de compraventa, derecho de superficie, o cualquier concierto o derecho que faculte a urbanizar.
C. COMPROMISO DEL PROMOTOR a iniciar en un plazo máximo de tres años, la construcción de, al menos, un 50% de las viviendas protegidas de nueva construcción.
D. MEMORIA DE VIABILIDAD TÉCNICO-FINANCIERA Y URBANÍSTICA DEL PROYECTO (suscrita por el promotor y con la conformidad de los técnicos responsables)
D.1. MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA ACTUACIÓN
- Modalidad de actuación a la que pretende acogerse.
- Ubicación de la actuación.
- Aptitud del suelo para los fines perseguidos. Certificado municipal con extremos relativos a la situación urbanística del suelo, objeto de actuación, determinación del planeamiento a ejecutar, calificación y clasificación del suelo.
- Superficie total del suelo.
- Parcelas y edificabilidades.
- Superficie edificable resultante, de conformidad con el aprovechamiento máximo permitido por el planeamiento y su distribución entre los diferentes usos.
- Número de viviendas, libres o protegidas. Datos de la promoción prevista de viviendas y otras edificaciones.
- Criterios de sostenibilidad que se aplicarán en la urbanización.
D.2. MEMORIA ECONÓMICA-FINANCIERA
Precio de venta de las viviendas protegidas y demás usos previstos del suelo, el desarrollo financiero de la operación.
- Coste desglosado de la actuación protegida (suelo, urbanización, intereses financieros, licencias, etc.).
- Previsión de los precios de repercusión del suelo sobre las viviendas y otras edificaciones.
- Desarrollo financiero de la operación.
- Los restantes datos que sean necesarios para acreditar la viabilidad.
D.3. MEMORIA DE PROGRAMACIÓN TEMPORAL PORMENORIZADA VIVIENDA Y URBANIZACIÓN.
- Fecha de adquisición del suelo o, en su caso, del derecho que habilite para urbanizar.
- Fecha prevista de inicio y terminación de las obras de urbanización.
- Fecha prevista de inicio y terminación de las viviendas protegidas programadas, según sus usos y regímenes de utilización y calificación legal.
Documentación para la tramitación del expediente de subvención:
- Escritura de apoderamiento del compareciente
- Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Acreditación de estar al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que se realizará mediante presentación de los correspondientes certificados positivos.
- Para el abono de la primera anualidad el certificado de inicio de obras y la acreditación de la instalación de la valla informativa, para el resto de anualidades se presentarán certificados de obra emitidos por la Dirección Facultativa de la Obra.
- El I.A.E. actualizado ó una declaración indicando que está exento del I.A.E.
- Cuenta Bancaria a efectos de pago.
- Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Tramitación
Para la financiación correspondiente a las áreas prioritarias y las referidas en el artículo 45.4 del RD 801/2005, de 1 de julio, será necesaria la formalización de un convenio de colaboración, en el marco de las Comisiones Bilaterales de seguimiento entre el Ministerio de la viviendas y la Comunidad de Madrid y con la participación del Ayuntamiento correspondiente. En este convenio conforme al número de objetivos y del volumen de recursos totales convenidos se concretarán las condiciones de financiación y en su caso los compromisos y aportaciones financieras de la Comunidad de Madrid.
El abono de la subvención reconocida se fraccionará en función del desarrollo de la inversión contra la presentación de las certificaciones de obra ejecutada y conforme a la distribución anual del montante de la subvención establecida por el Ministerio de vivienda. Requiere la acreditación de conformidad de las certificaciones de gastos producidos, expedidas por los Servicios competentes de la Comunidad de Madrid.
Destinatario
Empresas
Presentación de solicitudes
* Obtención de solicitudes:
- En el apartado "Gestión" de esta página, podrá cumplimentar y descargar el impreso de solicitud así como los anexos y plantillas correspondientes.
- En los Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid
- En las Oficinas de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid.
* Presentación de solicitudes y documentación:
a) Presencial:
Las solicitudes podrán presentarse En cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano (Ventanilla Única), Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
b) Por Internet
- Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del Registro Telemático de la Consejería, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- En el apartado "Impresos" de esta página, se encuentra la opción de "Gestión Telemática" que le permite cumplimentar en línea el impreso de solicitud y anexar documentos, que serán enviados, de forma inmediata, a la Unidad Administrativa correspondiente para su tramitación.
- En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
También podrán aportarse documentos, durante la tramitación del expediente, a través del servicio de "aportación telemática de documentos", y enviar comunicaciones referidas a expedientes abiertos, accediendo a través de la "consulta de expedientes", dentro de la página de Administración Electrónica.
De conformidad con la aplicación de Registro Telemático en la Comunidad de Madrid, el ciudadano para la presentación telemática de documentos realizaría el siguiente orden de actuaciones:
· Descarga o cumplimentación en línea de todos los documentos anexos y plantillas, que requiera anexar a la solicitud, y firma los mismos si es requerido.
· Escaneo de otros documentos que deba anexar.
· Gestión telemática del pago de tasas y archivo del justificante.
· Cumplimentación en línea del formulario de solicitud.
· Firma y envío de la solicitud a través del Registro Telemático
· Anexado y firma de los documentos (justificante del pago de tasas, anexos y plantillas).
Es preciso destacar que con posterioridad a la presentación de la solicitud, está habilitado el servicio de "aportación de documentos", a través del cual el ciudadano puede incorporar a su expediente nuevos documentos.
Más información >
Información complementaria
Horario de Atención a Promotores: Martes y Jueves de 09:00 a 11:00 h.
Referencia legal
- Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008, para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda. (BOE de 13/07/2005)
- Orden 1148/2006 de 29 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras y el procedimiento de tramitación de las ayudas financieras previstas en el Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008, para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda. (BOCM de 20 de abril de 2006)
Tema
Viviendas protegidas