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J
jagib
30/10/2008 12:47

Pasos legales para cambiar de Administrador

¿Cuáles son los pasos para cambiar al Administrador de una comunidad de vecinos?

7.497 lecturas | 9 respuestas
Hola a todos, tengo varias cuestiones.

1. Me gustaria saber cuales son los pasos que hay que realizar para cambiar al Administrador de una comunidad de vecinos.

2. Tambien preguntaros si el administrador tiene o no la obligación de mostrar las cuentas al presidente si este se las pide.

3. ¿Para ejercer como administrador es necesario que la persona esté colegiada?.

Muchas gracias y un saludo.
 
S
SERAINEIRL
13/02/2009 00:51
Estimado Amigos:
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E
EMateo
05/01/2009 18:33
Mi consejo es que si váis a cambiar de administrador, sea el nuevo elegido el que asuma la parte más "desagradable".
A fin de cuentas, la comunidad es el cliente, y el nuevo administrador el proveedor...
 
A
antivadillo
31/12/2008 19:35
Convocais una junta para echarle, si sale mayoria le mandais un burofax y al dia siguiente os vais a la administración a que os devuelva toda la documentación que tiene de la Comunidad, ya que el esta manejando datos a los cuales una vez destituido no tiene derecho. Lo de los tres meses esta bien si es una buena persona, pero nosotros echamos a nuestro administrador Vadillo & hermosilla y nos tuvo mas de un mes sin la documentación, despues nos llevo a juicio y el juez dijo que le teniamos que pagar el ultimo mes que trabajo. Tambien dijo el juez que si se avisa con el tiempo necesario no tiene que haber problemas. El administrador reclamaba al juez 6000 euros como si hubiera trabajado todo el año y le tuvimos que indemnizar con 500 € y las costas del juicio a medias
 
F
Forklift
20/11/2008 16:16
Voy a poner un mensaje en el foro sobre este tema.
A lo mejor alguien esta buscando administradores...
Me has dado una gran idea Jagib
 
F
Forklift
20/11/2008 16:13
Respecto a las preguntas yo no te puedo ayudar debido a que no llevo estos temas, pero si lo necesitases aquí te dejo la dirección de una asesoría que hemos abierto en Vallecas y una de las cosas que llevamos son Comunidades de Propietarios.
La asesoría se llama Afinlex y está la calle Sierra del Cadí Nº12 (Los Soportales) , al la altura del metro de Portazgo.

Leyendo el foro he visto el mensaje y bueno simplemente lo digo por si pudiera interesar a alguien.


 
P
PEPE123
30/10/2008 21:00
Nos hemos "solapado" con Jucuru contestando, y como era de esperar él ha sido mucho más concreto, dada su experiencia por todos conocida.

 
P
PEPE123
30/10/2008 20:58
Como dice Veryky hay algunos foreros muy expertos y entendidos en el tema, no obstante me atrevo a contestarte:
1 .- Debe ser aprobado por la Junta de la Comunidad
2 .- Por supuesto que tiene que facilitar las cuentas. El administrador no es más que una persona al servicio de la comunidad, que es quien le paga. En realidad no tiene ningún poder de decisión, que sólo los tiene la Junta de Gobierno de la comunidad o el pleno en asamblea.
3 .- Creo que no es necesario, aunque sí muy conveniente.
Saludos
 
J
JUCURU
30/10/2008 20:53
Hola
pasos que hay que realizar para cambiar al Administrador Si. Ante la existencia de alguna irregularidad o si la Comunidad no esta conforme con la forma de gestionar del Administrador, se puede convocar una Junta extraordinaria y destituirle. De igual forma el Administrador puede también pedir su relevo antes que transcurra el periodo.

el administrador tiene o no la obligación de mostrar las cuentas al presidente si este se las pide.
Las obligaciones del administrador estan recogidas en el articulo 20. son las siguientes.

Corresponde al administrador:
a. Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios, y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares.
b. Preparar con la debida antelación y someter a la Junta el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos.
c. Atender a la conservación y entretenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al presidente o, en su caso, a los propietarios.
d. Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes.
e. Actuar, en su caso, como secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad.
f. Todas las demás atribuciones que se confieran por la Junta.

Aunque la Ley no hace mencion expresamente de lo que preguntas y la obligacion de el es presentar las cuentas una vez al año, si puede el presidente pedir un extracto en el banco y sacar algunas conclusiones de como estan las cosas, deberia hacerlo pero algunos administradores no estan por la labor en estas cosas.

Para ejercer como administrador es necesario que la persona esté colegiada?.
Articulo 13, . Las funciones del secretario y del administrador serán ejercidas por el presidente de la comunidad, salvo que los estatutos o la Junta de propietarios por acuerdo mayoritario, dispongan la previsión de dichos cargos separadamente de la presidencia.
No es necesario ser colegiado, puede serlo cualquier propietario designado por la Junta mayoritariamente, la Ley contempla la posibilidad de contratar a otras personas cualificadas o empresas por la conplegidad de algunas comunidades pero nada mas.
Lo importante es que en Junta Ordinaria o Extraordinaria el punto este en el orden del dia y se apruebe su destitucion por mayoria se refleje en acta y se tengan presentes los motivos por los que se toma la decision.


 
veryky
veryky
30/10/2008 15:01
Tengo entendido que cualquier vecino (no solo el presidente) tiene derecho a solicitar las cuentas de la comunidad.

De todas maneras jucuru sabe mucho de estos temas y seguro que nos contesta, porque me has dejado con la duda.
 

Fin del hilo
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