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E
Enayla
28/01/2009 17:53

CARTEL LOCAL COMERCIAL, URGENTE

¿Cuáles son las obligaciones del propietario de un local comercial sin actividad en la fachada de un edificio?

3.848 lecturas | 2 respuestas
HOLA, NECESITO AYUDA SOBRE EL SIGUIENTE PROBLEMA:

SOY PROPIETARIA DE UN PISO EN UNA COMUNIDAD DONDE HAY UN VECINO MUY PROBLEMATICO QUE POSEE UN BAJO COMERCIAL EN EL ENTRESUELO. ESTE LOCAL TUBO ACTIVIDAD HACE AÑOS Y AHORA LO USAN DE ALMACEN.
COLOCO EN LA FACHADA UN CARTEL PUBLICITARIO Y ADEMAS PINTO LA FACHADA DESDE SUS VENTANAS AL SUELO PARA QUE LA PUBLICIDAD PINTADA POR EL RESALTE MAS.
DICE QUE CUANDO LO PUSO PAGO AL AYUNTAMIENTO.

- ¿TIENE OBLIGACION DE QUITAR TODA LA PUBLICIDAD AL ESTAR EL LOCAL SIN ACTIVIDAD?
- ¿TIENE QUE PAGAR UNA CUOTA A LA COMUNIDAD POR TENERLO EN LA FACHADA PRINCIPAL?

ADEMAS DE ESTO EL CARTEL ES UN PELIGRO POR ESTAR JUSTO ENCIMA DE LA PUERTA DEL PORTAL Y A SABER COMO ESTA ESO ANCLADO.

MUCHAS GRACIAS.
 
E
Enayla
29/01/2009 12:20
MUCHISIMAS GRACIAS POR TU AYUDA. A VER COMO TERMINA EL ASUNTO....
 
J
JUCURU
28/01/2009 21:00
Hola Enaila.

La fachada es zona comun y ningun propietario puede hacer nada sin permiso de la comunidad a no ser que venga especificado en las escrituras, (si lo tiene el lo tendriais todos pegale un vistazo) si en ella, no hay nada, tambien debes averiguar si en su dia cuando el local ejercia actividad le concedisteis permiso,en este caso estaria en algun acta, si por el contrario el no puede acreditar dicho permiso, estais legitimados para aprobar en junta por mayoria cualquier acuerdo que estimeis oportuno y lo tendria que acatar, naturalmente el tiene derecho a impugnar pero lo tendria muy dificil para ganarlo, todo debe ser con una logica y siguiendo el procedimiento legal, por ejemplo, podeis hacerle quitar lo que tiene y obligarle a que repare lo que tenga en mal estado por cuestiones de estetica o seguridad y si no quiere lo haceis vosotros y despues le pasais un cargo, de cobrar una cuota debe ser en concepto de alquiler por el cartel, basta con que lo aprobeis con los 3/5% de los asistentes en una junta donde se trate el tema, es legal alquilar las zonas comunes pero con mayoria cualificada de 3/5, articulo 17.

El permiso del Ayuntamiento es una cosa y el de la comunidad es otra, desde luego podeis tomar medidas y el no puede hacer lo que quiera, la fachada es zona comun.
 

Fin del hilo
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