Hola.
Planteas varias cuestiones, veamos si podemos ir aclarandolas por partes.
Cada comunidad tiene una cuota de participación del 100% Si sumamos cada uno de los coeficientes que tenemos todos en las escrituras siempre dara 100, por tanto la primera cosa que tenemos clara es que sois comunidades diferentes y por tanto intereses distintos.
Firmó el entonces presidente de mi portal sin reunir a los vecinos lo que firmo el presidente solo lo vincula a el puesto que las decisiones que afectan a la comunidad debe tomarlas el maximo organo de gobierno que es la Junta de Propietarios, el presidento solo es el representante de los vecinos y no debe cogerse atribuciones que no le corresponden en este caso si su firma no la puede acreditar con un acuerdo de la junta reflejado en acta, no le afecta a la comunidad, solo a el.
Queremos que se subsanen todos los errores cometidos,puesto que pagamos el doble podeis hacerlo, en una nueva junta con el asunto en el orden del dia aprobais un nuevo acuerdo por mayoria y os desvinculais del anterior.
cuando pido papeles de constitución o actas me dicen que no hay nada si no hay documentos tampoco hay pruebas y por tanto en caso de emprender algun proceso legal o reclamar algo lo tendriais muy complicado, de hecho yo vreo que no se podria.
es legal esa comunidad ? es evidente que no estais funcionando como manda la Ley, pero si hasta ahora lo habeis aceptado y nadie ha protestado, es lo que hasta ahora teniais establecido, lo que no quiere decir que no podais cambiarlo, todo lo contrario, pero alguien debe tomar la iniciativa, contratar a un administrador.
?¿podemos cambiar la cuota de particicipación?¿ cuidado con esto, aunque por unanimidad en tu comunidad si podeis hacerlo, no debeis porque cambiariais el porcentaje de PROPIEDAD que cada uno tiene asignado en funcion de lo que en su dia pago...pero si podeis establecer vuestras propias reglas y vuestra propia distribucion de gastos, separandolos por escaleras, garajes, etc. la cuota de la escritura no se debe alterar.
salirnos de la comunidad y poner nuestra propia antena?¿ hay que tener claros los conceptos, no podeis saliros de vuestra comunidad de 100 enteros, porque todos formais parte de la misma unidad pero si podeis hacer subcomunidades, una en cada escalera, con el mismo nif, de esa forma cada una pagaria sus gastos y todos contribuiriais a los que son de tipo estructural, fachada, seguro, etc. una vez que funcioneis como subcomunidad, con vuestro presidente y vuestra propia cuenta, tambien podeis instalaros vuestra propia antena, esto lo debeis plantear en una proxima Junta, basta que lo aprobeis por mayoria.
Además sería una comunidad o una mancomunidad? creo que ha quedado ya claro, se llama comunidad la unidad de 100 enteros y dentro de esta se pueden formar subcomunidades para administrarse independientemente, pero debes antes leer tu escritura a ver que dice, si hay normas en ella que digan otra cosa en ese caso si seria necesario un acuerdo unanime, en caso contrario alguien lo podria impugnar judicielmente.
CONCLUSION lo que tu quieres es hacer una subcomunidad y si se puede hacer, solo que tienes que plantearlo en una reunion y empezar desde el principio, libro de actas, presidente, una cuenta aparte, reuniones anuales, actas...todo bien hecho y como manda la Ley.