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pattyta58
25/03/2009 12:46

es posible anular las decisiones de junta ordinar

¿Es posible detener la instalación de un pozo de agua en el jardín después de haber sido aprobado por unanimidad en una junta de vecinos?

5.493 lecturas | 4 respuestas
Hola
Hace unas semans se convoco una junta ordinaria de vecinos para votar por la instalacion de un pozo de agua en el jardin. Se voto por unanimidad la instalacion de este. Al cabo de dos dias se eunieron un par de vecinos con el administrador y decidieron parar estas obras. Es esto posible? Tienen fuerza juridica? El administrador no esta obligado a comunicar la reunion a todos los vecinos? En el caso de que esto no haya sucedido, tiene fuerza la decision de los vecinos? PAra que sirve que votemos si un par de vecinos (entre los que no estaba el presidente) lo cambian todo al dia siguiente?
Muchas gracias
 
J
JUCURU
26/03/2009 11:54
Efectivamente hay que tener en cuenta tambien las normativas vigentes y si tienen competencia en la materia.

El apunte de chiquitor es muy oportuno. Es lo mismo que cuando se hace una obra, no basta con el permiso de la comunidad hay que pedir tambien licencia al Ayuntamiento.
 
chiquitor
chiquitor
26/03/2009 10:05
A lo mejor el administrador y presidente se han dado cuenta que no disponian de la oportuna autorización de la confederación hidrográfica donde está adscrita vuestra finca... Creo que la sancion mínima por hacer un pozo sin autorización es de 60.000 euros.
No puedes hacer un pozo para sacar agua por que sí. Debes tener autorización.
 
J
JUCURU
25/03/2009 16:11
A ti solo te basta tener un acta donde el acuerdo conste como aprobado por unanimidad, si el administrador no presenta escrito de votos en contra y en el plazo de 30 dias, el pozo debe hacerse, en caso que si los tenga...la estartegia a seguir es esperar un año y despues exigir que se haga.

Si lo haceis antes y va al juzgado pudiendo acreditar que ha votado en contra ganara el juicio.
 
J
JUCURU
25/03/2009 16:03
Veamos, hacer un pozo en el jardin es una modificacion del Titulo constitutivo y es un acuerdo que precisa unanimidad y parece que la hubo, pero hay 30 dias para los que no axistieron a la reunion desde que reciben el acta para poder notificar su voto en contra, con lo cual el acuerdo no conseguiria la mayoria cualificada y quien lo hiciera adquiriria el derecho de impugnarlo en el juzgado.

Puede ser que estos vecinos que mencionas hayan entregado escrito votando en contra (preguntalo al administrador) puede ser tambien que el administrador crea que al no conseguirse la unanimidad el acuerdo sea nulo de pleno derecho...y no es asi, solo es anulable, hay que poner demanda sino se hace la accion caduca.

La clave de todo este asunto la tienes en la lectura del articulo 18 de la LPH, buscalo en internet y estudiatelo, si el que no este de acuerdo no lo notifica en el plazo de 30 dias y despues no impugna en el juzgado en el plazo de un año, el acuerdo seria firme y vincularia a todos, otra cosa es que hagais fuerza para que se haga, a veces ocurre que se aprueban cosas y luego no se hacen, pero este acuerdo del pozo, salvo que un juez como medida cautelar lo suspenda...puede hacerse.
 

Fin del hilo
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