Si esos espacios que mencionas son zonas comunes no se pueden ceder ni conceder el uxo exclusivo sin estar de acuerdo todos los propietarios...en caso que sea en concepto de alquiler bastaria que se apruebe un acuerdo con las 3/5 partes de los asistentes a la reunion, en este segundo caso se podria hacer siempre que estos espacios no tenga establecido un uso especifico, por ejemplo que esten alli las bombas del agua o los contadores de la luz, si estan vacios y la junta con la mayoria necesaria lo aprueba, si.
Que podeis hacer en caso que no se apruebe con las mayorias necesarias ? no queda otra que impugnar en los tribunales, pero esto ya se sabe que conlleva gastos y riesgos. En cuanto a los chanchullos de obras y comisiones, si hay pruebas y se pueden acreditar las cosas se denuncian en los organismos competentes y punto, pero las cosas hay que demostrarlas.
Te pego lo que dice el articulo 17 por si tu caso se adapta a alguno de estos supuestos, en tal caso bastaria con que lo aprueben con 3/5 de los votos de los axistentes.
El establecimiento o supresión de los servicios de ascensor, portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general, incluso cuando supongan la modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación. El arrendamiento de elementos comunes que no tengan asignado un uso específico en el inmueble requerirá igualmente el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación, así como el consentimiento del propietario directamente afectado, si lo hubiere.