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A
Agustin Fernandez
24/04/2009 00:32

No se cumplen los acuerdos

8.541 lecturas | 12 respuestas
Junto a mi aparcamiento, hay una zona muerta que he utilizado durante años, para poder meter otro vehiculo mas pequeño. Como digo, es una zona que no puede utilizar nadie ni de ningun modo, pues al estar mi coche aparcado, no se puede pasar. En la ultima reunion, se aprobo que tenia que dejar de utilizar esa zona, con el argumento de que era zona comun, y yo me estaba aprovechando, (se ve que a bastante gente le molestaba que yo pudiera meter dos coches). Me parecio bien, porque es cierto que es zona comun, pero que por esa regla de tres, se debia de dejar de utilizar unos cuartos trasteros que existen y donde algunos vecinos dejan las bicicletas, unas camaras de aire que existen en las terrazas y donde otros dejan los muebles viejos que nadie quiere en su casa pero que no quiere tirar, y pedir a varias empresas que hay en el bloque a que quitaran los letreros que tienen en la fachada sobre zona comun, y que no han pedido ni permiso para colocarlos. Todo esto se aprobo en la junta, y esta recogido en el acta, pero lo unico que se ha hecho ha sido ponerme, por parte de la comunidad, una barra de hierro para impedirme que aparque, y de los demas acuerdos, no ha hecho absolutamente nada.
Ya se que tengo la opcion, (y posiblemente tendrè la satisfaccion), de darle una patada a la barra de hierro y volver a poner los coches como los tenìa, pero, quisiera saber si hay algun medio legal para obligar al presidente a ejecutar los acuerdos adoptados, y si no los pone, si existe posibilidad de exigir responsabilidades.
Gracias por vuestras respuestas.
 
J
JUCURU
29/04/2009 11:52
Yo lo unico que quiero, es que lo cumplan todos, y si no se cumplen, saber que puedo hacer, y por que vìa.

Hay dos cosas que puedes hacer Agustin, una volverlo a intentar en la proxima junta con la alternativa del alquiler, con la estrategia que te hemos explicado.

Y otra manda un escrito al administador dirigido al presidente advirtiendo que de los acuerdos aprobados y que constan en acta, solo se ha cumplido el que te afecta a ti por lo que te consideras discriminado lo que (si esta prohibido por Ley) exige el cumplimiento de los demas acuerdos por las razones que has expuesto, peligrosidad, etc, y reservate el derecho a pedir responsabilidades en caso que acurra algun accidente, o siniestro.

Con el escrito dejaras constancia y siempre te servira para poder acreditar algo que ocurra despues...a diferencia de los acuerdos contrarios a Ley que son impugnables ...los que estan prohibidos, la discriminacion no caducan , son nulos de pleno derecho y en cualquier momento se pueden denunciar.

Se paciente y has las cosas bien, ahora solo debes dejar pasar el tiempo hasta la proxima junta, sin dejar podrir el asunto, lo que pides es justo, pero es el mundo que vivimos, te tocara luchar contra la envidia el egoismo y algunas "virtudes" que nos acompañan siempre, si tienes la suerte de poder dejar dos coches a nadie le deberia importar siempre que no molestes a los demas, si quieren que pagues, tambien debes hacerlo, pero lo que no puedes consentir es, que a ti te midan con diferente vara.
 
A
Agustin Fernandez
29/04/2009 10:53
Macadi, el tema es que los que no quieren que yo utilice esa zona, son los mismos que si ocupan otras zonas comunes.
Y son los mismos, que en junta ordinaria, votaron a favor de nadie pudiera utilizar zonas comunes en beneficio propio, y a la cabeza el presidente.
Yo lo que quiero, es que despues de seis meses, aun no se ha hecho nada para que se cumplan esos acuerdos, (bueno si, a mi me pusieron la barra a las dos semanas, pagada con dinero de la comunidad), pero en cambio, no se han sacado las bicicletas del trastero ni los muebles viejos que hay en las camaras de aire y que, eso si puede ser un peligro de incendio. Tampoco se ha hecho nada para que se retiren los carteles ni antenas individuales que existen en la fachada, ni los que tienen un armario metalico atornillado a la pared del aparcamiento.Que los que han abierto una puerta desde su terraza a la planta diafana, sin permiso, la cierren. Yo lo unico que quiero, es que lo cumplan todos, y si no se cumplen, saber que puedo hacer, y por que vìa. Os prometo, que nunca me he metido en nada de lo que se ha hecho, porque nunca me ha molestado nada, y sigue sin molestarme. El problema surje cuando una señora, pregunta que porque yo puedo meter dos coches, y su hija tiene que dejar su coche en la calle.
No quiero que esto se convierta en un problema para mi, ni mucho menos en algo que me de dolor de cabeza, solo quiero saber que puedo hacer.
Saludos,.
 
M
MACADI
28/04/2009 14:38
Tb. creo que tienes que valorar bien cual es tu objetivo principal ; si es que te dejen estacionar en esa zona a cambio de un alquiler (30 ó 40 €), pues deberías en un principio centrarte sólo en eso. Dejar el uso de otras zonas comunes para otra junta posterior, es decir, primero consigues tu objetivo y al cabo de unos meses en otra junta de propietarios intentas que los demás usuarios de zonas comunes tb. contribuyan económicamente.

Saludos y suerte
 
A
Agustin Fernandez
27/04/2009 17:48
Me aclaras muchas cosas Jucuru.
Macadi, creo que voy a hacer lo que dices.
Muchas gracias a los dos por vuestras respuestas.
Saludos,

 
M
MACADI
27/04/2009 11:15
La junta de gobierno puede votar y aprobar asuntos. Si son ilegales o no lo tiene que decidir un Juez y no los propietarios de una Comunidad.

Creo que lo más apropiado es incluir el asunto en el orden del día de la proxima junta y votar si se puede utilizar esas zonas o no, y en caso afirmativo si el usuario tiene que pagar un alquiler o no.

 
J
JUCURU
27/04/2009 11:13
Agustin Fernandez dijo:

Perdona Jucuru, pero no entiendo eso que dices que "la Ley permite aprobar acuerdos contrarios a la Ley", ni "que las decisiones de la junta de propietarios es soberana". No soy jurista, pero creo que una decision de la junta no puede ir en contra de los estatutos, ni en contra de la Ley de Propiedad Horizontal, del mismo modo, que una O.M. no puede ir en contra de una Ley, ni una Ley en contra de la Constitucion.
No entiendo esto.


Es comprensible que no lo entiendas y te aseguro que a mi tambien me ha costado entenderlo...pero se lo que digo, te lo explicare si puedo con la Ley en la mano.

El articulo 18 dice...
1. Los acuerdos de la Junta de Propietarios serán impugnables ante los tribunales de conformidad con lo establecido en la legislación procesal general, en los siguientes supuestos:
a. Cuando sean contrarios a la ley o a los estatutos de la comunidad de propietarios.


Aqui tienes la primera respuesta a tu primera duda, impugnar significa que te tienes que buscar abogado, procurador y poner demanda, puedes impugnar cuando un acuerdo sea contrario a Ley o los Estatutos, por ejemplo si el acuerdo precisa, una mayoria cualificada de 3/5 y solo se consigue la mayoria simple, es contrario a Ley, pero sino impugnas y pasa un plazo de un año, el acuerdo sera firme y legal porque la accion habra caducado, y asi lo confirman sentencias del TS...lo dice tambien el art.18... 3. La acción caducará a los tres meses de adoptarse el acuerdo por la Junta de propietarios, salvo que se trate de actos contrarios a la ley o a los estatutos, en cuyo caso la acción caducará al año. .

La segunda cosa que no entiendes es lo de las decisiones de la junta es "soberana" significa lo siguiente,

Se convoca una junta y solo asisten 4 propietarios de un total de 20...las decisiones que tomen estos 4 son "soberanas" los no asistentes solo pueden impugnar en los tribunales los que no esten conformes y siempre que lo notifiquen en el plazo de 30 dias...y los que no digan nada suman al acuerdo favorable, esto se hace asi para favorecer a los que se preocupan de las cosas, esta recogido en el articulo 17... A los efectos establecidos en los párrafos anteriores de esta norma, se computarán como votos favorables los de aquellos propietarios ausentes de la Junta debidamente citados, quienes una vez informados del acuerdo adoptado por los presentes, conforme al procedimiento establecido en el artículo 9, no manifiesten su discrepancia por comunicación a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad en el plazo de treinta días naturales ,

Te hubiera bastado presentar una oferta y con la aprobacion de la mayoria hubieras podido seguir aparcando el coche puesto que el articulo 18 dice...4. La impugnación de los acuerdos de la Junta no suspenderá su ejecución, salvo que el juez así lo disponga con carácter cautelar, a solicitud del demandante, oída la comunidad de propietarios.

Esta Ley NO PROHIBE los acuerdos contrarios a la propia Ley, permite IMPUGNARLOS, son cosas distintas...pero si no se impugna...la accion caduca.
 
A
Agustin Fernandez
27/04/2009 10:00
Perdona Jucuru, pero no entiendo eso que dices que "la Ley permite aprobar acuerdos contrarios a la Ley", ni "que las decisiones de la junta de propietarios es soberana". No soy jurista, pero creo que una decision de la junta no puede ir en contra de los estatutos, ni en contra de la Ley de Propiedad Horizontal, del mismo modo, que una O.M. no puede ir en contra de una Ley, ni una Ley en contra de la Constitucion.
No entiendo esto.
 
J
JUCURU
24/04/2009 15:14
Muy bien Agustin, has dado en el clavo...la puñetera envidia no hay otra cuestion.


La Comunidad no puede permitir que metas el coche en un espacio Común, solo se puede meter coche ó moto por plaza. En caso de siniestro el Seguro no se haria cargo.


Sobre esto habria que leer los Estatutos, por si prohiben esta practica, si no lo hacen y en tu plaza puedes meter dos coches, no hay Ley que lo prohiba...la cuestion es que el espacio muerto es zona comun y la comunidad si puede prohibirte que lo hagas....en cuanto al seguro es un problema diferente que depende de los términos de la póliza contratada, la cual desconozco, pero sí te digo, que existirán fórmulas que permitan el aseguramiento de todos los vehículos, o, en cualquier caso, nada impedirá que cada titular suscriba un seguro complementario del de la Comunidad.



Agustin, por lo que leo en tu segundo posts tienes las cosas muy claras, solo necesitas contrastar..... tienes todo el derecho de exigir que se cumplan todos los acuerdos, la decision que tomes, es cosa tuya.

¡¡¡Ah!!! y si la proxima vez te sale otro con lo de las 3/5 partes, (DE LOS ASISTENTES) le dices que la Ley permite aprobar acuerdos que sean contrarios a la Ley, que las decisiones de la junta de propietarios es soberana... te hubiera bastado hacer una oferta y conque lo hubiera aprobado la mayoria hubiera sido suficiente, siempre que nadie impugne segun lo establecido en el articulo 18, y para eso hay unos plazos, si no, la accion caduca.

 
A
Agustin Fernandez
24/04/2009 13:14
elenasf dijo:

La Comunidad no puede permitir que metas el coche en un espacio Común, solo se puede meter coche ó moto por plaza. En caso de siniestro el Seguro no se haria cargo.

Mi pregunta no era esa. Mi coche lleva en la calle seis meses.
Yo lo que quiero, es que se cumplan los acuerdos a los que hemos llegado, sin tener que llegar a màs.
Saludos.


 
elenasf
elenasf
24/04/2009 12:04
La Comunidad no puede permitir que metas el coche en un espacio Común, solo se puede meter coche ó moto por plaza. En caso de siniestro el Seguro no se haria cargo.
 
A
Agustin Fernandez
24/04/2009 10:45
1º.- A la primera respuesta, es lo que me temìa, "pleitos tengas y los ganes", que dicen por ahi.
2º.- Me temo que eso es lo que voy a tener que hacer, lo unico que pasa, es que, como dice Valfinc, traerà mas problemas.
3º.- En lo que se refiere al tema del alquiler, es lo que propuse, y todos se pusieron muy contentos y rapidamente empezaron a ponerle precio al alquiler (40,00.- euros al mes). Hasta ahi bien, yo callado, pero entonces propuse que se empezara a poner precio a las demas zonas comunes. Ahi surgiò el problema, ya a nadie la parecia bien el alquiler. Alguien tiro por la calle de enmedio, y dijo que como no habìa representadas las 3/5 partes de los propietarios, que no se podìa alquilar. Fin del problema. Asi que la solucion fue "no me importa quedarme tuerto, con tal de que tu te quedes ciego". Nadie puede utilizar zonas comunes, ò ese fue el acuerdo, la realidad, ya la conoceis. Puñetera envidia de este pais.
Muchas gracias por vuestros comentarios.
 
J
JUCURU
24/04/2009 08:39
1º Lo tienes mal por una razon, si todos los acuerdos que dices que se aprobaron estan reflejados en acta y solo se ha cumplido el que te afecta a ti, te estan discriminando y esto no se puede hacer, pero para remediarlo tendrias que denunciarlo y esto entraña mucho riesgo y dinero .

2ºPuedes darle la vuelta a la tortilla, quitas la barra y dices que cuando se cumplan los demas acuerdos lo cumpliras tu tambien, la comunidad no te puede denunciar sin antes aprobarlo la junta de propietarios y en caso que lo hicieran un juez no admitiria la discriminacion, esta prohibido por Ley.

3ºA ti te interesa aparcar dos coches y el espacio muerto es zona comun, ¿porque no les haces una oferta, `pagas una pequeña cantidad en concepto de alquiler y si lo aceptan se resolveria el problema, esta formula se aplica en otros sitios es legal y da resultado.
 

Fin del hilo
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